ENTREVISTA EN ESPEJO PÚBLICO

Temboury: "Esta ley es la voz conjunta de todo el Gobierno"

El Subsecretario de Economía y Competitividad, considerado el "padre" de la nueva ley hipotecaria ha aclarado las dudas de muchos ciudadanos en Espejo Público. Temboury considera que "el sistema financiero español en su inmensa mayoría funciona bien" y por ello no cree la necesidad de reformarlo al completo.

Miguel Temboury ha contestado en Espejo Público a las dudas sobre la nueva ley Hipotecaria que tantas críticas ha cosechado por las plataformas que han pedido incluir enmiendas finalmente, muchas, no recogidas, entre ellas la que más escuece es la de la dación en pago con carácter retroactivo y general.

"En 2012 ha habido 30.000 desahucios de vivienda habitual"

El Subsecretario de Economía y Competitividad ha explicado porqué el Gobierno no se ha hecho eco de ese reclamo general de una parte de la población "uno de los principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico es la no retroactividad y la no modificación de las obligaciones contractuales, una vez contraídas" por ello ha justificado que si no se respeta este punto "podemos olvidarnos de cualquier tipo de orden económico y jurídico".

El impulsor de la 'ley antidesahucios' ha insinuado además que "probablemente Bruselas no lo hubiera aceptado" ya que considera que podría "desestabilizar el sistema financiero" y apunta "el sistema financiero español en su inmensa mayoría funciona bien".

Temboury ha querido dejar claro que "esta ley es la voz conjunta de todo el Gobierno" y pese a que todavía no dispone de datos definitivos ha avanzado que en 2012 "ha habido 30.000 desahucios de vivienda habitual".

Además de la dación en pago la nueva ordenanza ha revisado otros puntos sí recogidos de forma general como es el caso de los intereses de demora sobre los que Temboury señala que "se han limitado cuantitativamente" cuando se trata de vivienda habitual ya que se fijan en que no podrán superar en tres veces el interés legal del dinero, pero si la persona está incluida en el grupo de exclusión social entonces no podrá superar el 2% del interés de demora. Además estos no se capitalizarán y sólo se podrán devengar sobre el principal.

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