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Si teletrabajas puedes deducirte estos gastos en la declaración de la Renta 2025 - 2026

Si teletrabajas es posible que puedas deducirte algunos gastos. Dependerá si eres trabajador por cuenta ajena o propia y las condiciones de tu trabajo. En ambos casos, es necesario que toda factura o recibo esté a tu nombre.

TeletrabajoEFE

Aunque cada vez más gente teletrabaja en España (al menos el 15% ejerce su actividad laboral desde casa) no es de los países que más lo hacen. La media europea está en el 22% y Países Bajos, con un 52% de sus trabajadores en este régimen, se lleva la palma.

Y es que trabajar desde casa es muy cómodo pero también implica una serie de gastos: electricidad, Internet, material de oficina, adecuación de espacios, etc.

Ahora que estamos a escasas semanas de que comience la campaña de la renta la pregunta es obligada: ¿se pueden deducir estos gastos en la declaración de la Renta? Todo depende de si trabajas por cuenta ajena o propia. Te lo explicamos a continuación.

Deducciones a Hacienda por teletrabajo si eres trabajador por cuenta ajena

Si eres empleado por cuenta ajena, debes saber que, según la Ley 10/2021, de 9 de julio de trabajo a distancia, que es la norma básica que regula el teletrabajo en España, el teletrabajo no puede suponer un coste para el trabajador. La empresa debe asumir o compensar todos los gastos de trabajar desde casa.

Aun así, puedes deducir algunos gastos en situaciones concretas. Para que Hacienda los acepte, deben cumplirse tres condiciones básicas:

  • Que esos gastos estén relacionados directamente con el trabajo.
  • Que la factura esté a tu nombre, es decir, a nombre del trabajador.
  • Que sea un gasto no reembolsado por la empresa.
  • ¿Y qué gastos se puedan deducir según el caso?
  • El consumo de electricidad proporcional al espacio de trabajo.
  • Internet, si se demuestra que se utiliza para la actividad laboral.
  • Material de oficina (papelería, tinta, accesorios).
  • Equipos informáticos pagados por el trabajador.

Aunque la normativa vigente permite estas deducciones, Hacienda es bastante estricta por lo que tendrás que justificar, de manera muy clara, que esos gastos son para uso profesional y además, conservar todas las facturas.

Deducciones a Hacienda por teletrabajo si eres autónomo

Si eres autónomo y trabajas de casa puedes deducir, según la Ley del IRPF, todos aquellos gastos necesarios para llevar a cabo tu actividad profesional. Como siempre, deben estar justificados.

¿Qué gastos son estos?

  • Internet y teléfono, aplicando el porcentaje de uso profesional.
  • Suministros del hogar (luz, agua, calefacción), también según el porcentaje que se estime a la actividad.
  • Mobiliario y equipamiento (silla ergonómica, mesa, ordenador, monitor, etc.).
  • Software y herramientas digitales.
  • Reparaciones y mantenimiento del espacio de trabajo.
  • También debes declarar qué parte de la vivienda se destina al trabajo para calcular correctamente la deducción de suministros.

Gastos de alquiler o hipoteca, ¿son deducibles?

  • Si eres empleado por cuenta ajena, estos gastos no son deducibles salvo que exista una afectación clara y demostrable al trabajo, algo muy poco habitual.
  • Si eres autónomo sí puedes deducir parte del alquiler o de la hipoteca si la vivienda está relacionada parcialmente con tu actividad profesional.

Eso sí, tendrás que aplicar el porcentaje concreto y declararlo con factura y a tu nombre.

En definitiva, teletrabajar puede ser sinónimo de comodidad e incluso conciliación familiar en muchos casos.

Saber si puedes deducir los gastos generados de tu trabajo es importante si quieres que se reflejen en la declaración de la Renta y tengan una reducción en tus impuestos.

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