Renta 2023
La Agencia Tributaria tiene un plazo de seis meses máximo para la devolución desde que finaliza el periodo de presentación de la Renta 2023 para abonar las cantidades a aquellos a los que le haya salido a devolver en 2024.
El pasado 3 de abril se abrió el plazo para presentar la declaración de la Renta del 2023. El método de presentación del ejercicio es por internet a través de la página web oficial de la Agencia Tributaria. En un principio, se estima que alrededor de 23 millones de contribuyentes presenten la declaración en el plazo desde el 3 de abril al 1 de julio. Sin embargo, este año ya ha hecho historia, ya que a las 19:00 horas de la tarde del miércoles se contabilizaron 1.165.000 de declaraciones en el primer día en el que se podían hacer. Esto supone un 4,3% más de las declaraciones que se presentaron en este mismo periodo el año pasado.
Una de las dudas que más surge cuando se realiza esta declaración es si te saldrá a pagar o a devolver y, sobre todo, aparecen muchas preguntas en el caso de la segunda opción. La Renta sale a devolver cuando el trabajador ha pagado más impuestos de los que debía durante el año del ejercicio. Las resoluciones de las declaraciones pueden ser las siguientes:
Pero, en el último caso, ¿cuánto se tarda en recibir el dinero de la devolución?
Normalmente, Hacienda comienza a mandar los pagos nada más empezar la campaña y, por tanto, los contribuyentes a los que les salga 'a devolver' deberían recibir su dinero en los próximos días. Sin embargo, la Agencia Tributaria cuenta con un plazo de seis meses máximo para pagar la cantidad que se debe devolver a los contribuyentes. Este plazo comienza cuando se acaba el tiempo estimado para hacer la declaración de la Renta. Este año ese tiempo es desde el 3 de abril hasta el 1 de julio.
¿Qué pasa si se presenta la declaración fuera de plazo? En este caso, el periodo de esos seis meses también se aplica. Un ejemplo: si se hace el 10 de julio, Hacienda tendrá margen para pagar al contribuyente hasta el 10 de enero.
Cabe destacar que el ingreso también puede variar según la cuantía a ingresar. Esto supone que si la Agencia Tributaria tiene que devolver más de 3.000 euros, el plazo en el que lo devolverán será mayor que si tienen que devolver una cuantía más pequeña.
¿Y si Hacienda tarda más de lo que debe? En este caso, la administración está obligada a incluir unos intereses por la demora. Esto es una compensación al contribuyente de un 3,75%, solo en el caso de que el retraso sea por culpa de la Agencia y no porque el declarante no haya cumplimentado correctamente los datos o no tenga la documentación exigida.
La Agencia Tributaria especifica que posteriormente a recibir la resolución de la Renta, se tendrá que rellenar un formulario, tanto si sale a pagar como a devolver. Este formulario debe reflejar el número de cuenta bancaria y servirá a la entidad tanto para pagar como para devolver.
Los contribuyentes con resultado negativo (a devolver) deberían saber que en la página web de Hacienda podrán consultar el estado de la devolución que se realiza. Esto se hace mediante el expediente particular del contribuyente a través del Servicio que ha permitido la tramitación del borrador.
Para que no tengas que enfrentarte a retrasos y reclamaciones, es importante que sepas cuáles son las fechas clave de este ejercicio de Renta de 2023:
- Este 3 de abril se abrió el plazo hasta el 1 de julio
- El 29 de abril se abre el plazo para solicitar la cita previa en caso de consulta con atención telefónica.
- El 29 de mayo se abre el plazo para solicitar la cita previa en el caso de atención personal.
- El 7 de mayo se puede presentar la declaración de la Renta 2023 mediante atención telefónica.
- El 3 de junio se puede presentar presencialmente.
Muchas personas, antes de realizar la declaración de la Renta, quieren saber cuál va a ser su resultado. Para estos casos, la Agencia Tributaria ha creado un simulador de Renta en su página web. 'Renta Web Open' es una versión de Renta Web que funciona con el objetivo de que el contribuyente sepa el resultado de su ejercicio sin necesidad de identificación, sin NIF y sin datos fiscales. Sí que se piden datos como nombre y apellidos, nacimiento, etc.
Una vez aceptados los datos con los que te identifiques, el simulador te aporta un resumen de tus resultados que podrás ir desglosando en distintas secciones.