REVISA MILES DE DECLARACIONES

Hacienda considera que los pagos a la escuela concertada no son donativos

Hacienda pone la lupa sobre la educación concertada y asegura que los pagos de las familias no se pueden considerar donaciones y por lo tanto no se pueden deducir en el IRPF. Con este criterio, la Administración podría estar revisando miles de declaraciones no prescritas.

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha alertado de que la Administración Tributaria (AEAT) está interpretando que los pagos que las familias hacen en las escuelas concertadas no se pueden considerar donativos y por tanto no son deducibles en la declaración de la renta.

En rueda de prensa para presentar sus recomendaciones para planificar la Renta de 2018 antes de final de año, el director del Servicio de Estudios del REAF, Rubén Gimeno, ha explicado que Hacienda está revisando con ese criterio declaraciones no prescritas (últimos cuatro ejercicios) y notificando nuevas liquidaciones en las que se suprimen dichas deducciones.

Gimeno ha puesto el caso de un contribuyente de Asturias, al que la Administración Tributaria le reclama la devolución de 337,50 euros que se había deducido por los donativos al colegio de sus hijos. En este caso, la AEAT expone que las entregas que realizan los padres de los alumnos "tienen causa directa en los servicios de enseñanza recibidos y, poca duda cabe, que de no darse esta condición no existirían dichas entregas".

"El carácter periódico mensual de los pagos junto con el cese en el momento en que los alumnos finalizan sus estudios y el importe fijo en función del número de hijos que son alumnos del centro nos permiten rechazar la existencia de una donación", explica la AEAT en la notificación que ha mostrado Gimeno.

La Ley del IRPF permite deducirse el 75% de los primeros 150 euros donados a entidades sin ánimo de lucro y el 30% a partir de esa cantidad. Gimeno ha dicho que la aplicación de este criterio por parte de Hacienda podría tener el efecto colateral de revisar también las declaraciones de Sociedades de las empresas que gestionan las escuelas por los ingresos recibidos en concepto de donativo.

Los centros concertados defienden las donaciones

En los centros concertados "no existen cuotas obligatorias" para las familias pero la "práctica general" es que paguen unas "aportaciones voluntarias" a fundaciones ligadas a los centros y puedan desgravarse por ellas.

Lo ha explicado el secretario general de la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza (FSIE), Jesús Pueyo, después de que el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) haya alertado de que la Administración Tributaria (AEAT) está interpretando que los pagos que las familias hacen en estas escuelas no se pueden considerar donativos y no son deducibles en la declaración de la renta.

Pueyo ha comentado que quien haya aportado voluntariamente una cantidad se lo puede desgravar en el IRPF como fija la normativa y que las fundaciones están obligadas a dar cuenta de esos ingresos. El portavoz del sindicato mayoritario en la educación privada concertada ha considerado que "si alguien ha incumplido la normativa y ha cometido alguna irregularidad" o "ha habido casos en los que no se están haciendo las cosas correctamente" Hacienda deberá abrir el expediente que tenga que abrir y tomar la decisión correspondiente. Pero ha especificado que esos caso no son "la generalidad del sector.

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