Ley de Cambio Climático y Transición Energética
El Gobierno estudia obligar a las estaciones de servicio, en función de diferentes criterios, a que adapten su negocio a la movilidad eléctrica, de forma que instalen puntos de recarga para vehículos eléctricos pero con electricidad de origen renovable.
Así se recoge en el anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que también contempla la prohibición de vender vehículos de gasolina, diésel, de gas e híbridos en España desde 2040, mientras que desde 2050 tampoco podrán circular.
El documento recoge que los titulares de las instalaciones de suministro de combustibles para vehículos que en 2017 tuvieran un volumen de ventas de gasolina y gasóleo de al menos 10 millones de litros tendrán que presentar, en un plazo máximo de nueve meses, un proyecto para la instalación de infraestructuras de recarga eléctrica con potencia igual o superior a 22 kilovatios.
Esta iniciativa, según recoge la propuesta del Gobierno, se deberá ejecutar y, por lo tanto empezar a dar servicio, en los siguientes doce meses a la presentación de dicho proyecto ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
Por su parte, las estaciones de servicio que en 2017 registrasen un volumen de ventas de combustibles y carburantes de entre cinco y diez millones de litros tendrán un plazo de quince meses para presentar el proyecto y de doce meses para ponerlo en marcha, también con una potencia de 22 kilovatios y con fuentes renovables.