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Paro abril 2023

Día de cobro del paro y otras prestaciones en abril de 2023

Este mes de abril el SEPE realizará el pago de las prestaciones por desempleo, ERTE y otras ayudas a principios de mes. ¿Quieres saber la fecha exacta? Aquí, te lo contamos.

Imagen de archivo de una oficina de empleoEFE

El mes de abril es un momento importante en el sector del empleo porque gracias a la llegada del buen tiempo y a Semana Santa, aumentan las contrataciones y se reduce el número de desempleados. No obstante, las personas que continúen sin trabajo necesitan saber cuándo cobrar el paro.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo que se encarga de ingresar las ayudas por desempleo y por Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en España. Este mes de abril de 2023, todas las personas que tengan el derecho a cobrar el paro o un ERTE lo harán dentro del plazo de los primeros quince días de este mes.

El ingreso de los subsidios es, por lo general, el día 10 de cada mes, pero este número es orientativo porque el SEPE tiene acuerdos con algunas entidades bancarias por lo que estos ingresos se adelantan a los días que van del 3 al 10 de cada mes. Asimismo, estas retribuciones se pueden adelantar aún más si la fecha de ingreso recae en fin de semana o en día festivo.

El Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) se cobra dentro de los mismos plazos que el subsidio por desempleo, dentro de los quince primeros días de cada mes.

La novedad en el cobro de las prestaciones por cese del empleo es que la cuantía de estas ayudas aumenta al 60% a partir del sexto mes y también asciende el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y con este indicador suben los importes mínimos y máximos de las ayudas por fin de trabajo.

Además, existe el paro por desempleo indefinido para las personas mayores de 52 años que hayan cotizado al menos 15 años y que hayan agotado su prestación por desempleo. No podrán acceder a esta ayuda quienes no cumplan estos requisitos ni quienes tengan rentas propias con un cómputo mensual superior al 75%.

Asimismo, a partir del 1 de julio de 2023 entrará en vigor una prestación para personas desempleadas que se dediquen a actividades artísticas. Quienes se encuentren en esta situación deben acreditar que están en situación legal de desempleo con 60 días cotizados en los últimos 18 meses; así como estar demostrar estar dado de alta en la Seguridad Social 180 días en los 6 años anteriores a la actual situación de desempleo, son haber recibido ninguna prestación previa y habiendo desempeñado actividades artísticas.

Las ayudas como el paro se pueden solicitar ya en los quince días siguientes a que ocurra el cese del empleo o el ERTE. El principal requisito para cobrar el paro es estar desempleado por un despido o un final de contrato, por un ERTE en el que se reduce la jornada entre un 10% y un 70% o por un contrato de trabajo fijo discontinuo.

Actualmente, el SEPE cuenta con una oficina virtual desde la que se pueden hacer muchos de los principales trámites sin necesidad de desplazarse hasta alguna de las oficinas físicas de este organismo público. Con la irrupción del coronavirus, los trámites por internet se incrementaron.

Ayudas como el paro se pueden solicitar ya en los quince días siguientes a que ocurra el cese del empleo o el ERTE. El principal requisito para cobrar el paro es estar desempleado por un despido o un final de contrato, por un ERTE en el que se reduce la jornada entre un 10% y un 70% o por un contrato de trabajo fijo discontinuo.

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