Teletrabajo
El pasado miércoles se publicó en el BOE la nueva ley del teletrabajo tras la negociación durante meses entre el Ministerio de Trabajo, con Yolanda Díaz al frente, la patronal y los sindicatos. Estas son las diez claves:
1. Debe ocupar como mínimo el 30% de la jornada laboral en 3 meses. Esto supone una media de, al menos, un día y medio a la semana.
2. Es un acuerdo voluntario e individual con cada trabajador, que debe realizarse por escrito. De este modo, las partes deben firmar el documento en el que ambas recogerán las condiciones acordadas.
3. El empleado no puede ser obligado a teletrabajar, pero tampoco puede reclamarlo. Este punto es una de las claves, puesto que indica que no todo el mundo que quiera teletrabajar lo hará.
4. Es un acuerdo reversible. En el acuerdo que se suscriba entre la empresa y el trabajador se puede establecer un periodo de tiempo o se puede revertir la situación mediante otro acuerdo posterior.
5. La empresa cubrirá los gastos. Es uno de los escollos más importantes que hubo en la negociación. Finalmente, la empresa deberá hacerse cargo de todos los gastos y los materiales necesarios para que el trabajador desempeñe su actividad laboral.
6. El teletrabajador tiene los mismos derechos que un trabajador presencial.
7. Las obligaciones del teletrabajador también son las mismas que las de un trabajador presencial.
8. Se debe realizar una evaluación de riesgos laborales. Como marca la ley, la evaluación de riesgos laborales se hace sobre el puesto de trabajo del trabajador, por lo que en este caso se tendrán que hacer del lugar desde el que trabaje en remoto.
9. Entra en vigor la segunda semana de octubre. Como se publicó en el BOE el pasado 23 de septiembre, la norma entra en vigor 20 días después de su publicación.
10. Las empresas tienen un año para adaptarse a la nueva ley.