LA PRIMERA TRAS LA REBAJA DEL IRPF

Ocho novedades de la campaña de la renta 2015

A partir de este miércoles, se podrá solicitar y confirmar, a través de Internet, el borrador de la renta, y por primera vez, se podrá utilizar el móvil o la tableta como dispositivos para realizar esta gestión. Además, esta campaña de la renta de 2015 será la primera que recogerá la rebaja en dos fases del IRPF. Otra de las novedades más significativas es la supresión de la deducción por alquiler.

La campaña de la renta de 2015, la primera que recogerá la rebaja en dos fases del IRPF aprobada por el Gobierno del PP, arranca este miércoles con la presentación por internet tanto del borrador de la renta como de la declaración propiamente dicha, según el calendario de la Agencia Tributaria.

Estas son algunas de las novedades que acompañarán a la campaña de la renta en 2015.

Calendario de plazos
Desde este miércoles pueden solicitarse los datos fiscales, el borrador y su confirmación. A partir del 4 de mayo darán la cita previa y la declaración presencial de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria, por su parte, empezará el 10 de mayo y se extenderá hasta el 30 de junio.

En el caso de las declaraciones con resultado a ingresar y que se quieran domiciliar, el plazo concluye el día 25 de junio, salvo que se opte por domiciliar únicamente el segundo plazo, en cuyo caso la confirmación y presentación podrá realizarse hasta el 30 de junio.

Para obtener el número de referencia que permite acceder al borrador o datos fiscales, hay que comunicar el número de identificación fiscal, el importe de la casilla 490 de la declaración del año 2014 y el número de móvil en el que desean recibir por SMS el número de referencia.

Cambio en las tarifas
En concreto, la tarifa de 2015 va desde el tipo mínimo del 19,5% para las rentas inferiores a 12.450 euros hasta el marginal del 46% para las rentas que superen los 60.000 euros anuales.

Fracción en dos partes
Los contribuyentes podrán fraccionar en dos partes, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria, si resultase de su declaración del IRPF: la primera, del 60% del importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 7 de noviembre de 2016, inclusive.

Tramos de cotización
En la campaña de la renta de este año, los tramos de cotización presentan importantes novedades. Se reducen a cinco, del 19 al 46%, y suben los ingresos mínimos libres de impuestos.

Deducciones en el alquiler
Para el inquilino desaparece la parte estatal y para el propietario hay un porcentaje único del 60%. Si bien se articula un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados con anterioridad a 2015 de manera que la supresión sólo afectará a los nuevos arrendamientos. Familias numerosas, con discapacitados, dependientes, monoparentales o con dos hijos podrán deducirse 1.200 euros.

Deducciones por aportaciones a partidos políticos
Este año se recoge en la declaración de la renta la supresión de la reducción sobre la base imponible por cuotas de afiliación y demás aportaciones a partidos políticos, que a partir de ahora darán derecho a una deducción del 20%, con una base máxima de 600 euros anuales.

Sistema 'Renta Web'
Se accederá en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT) y que, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración, como venía siendo el borrador, pero más sencilla y ampliada a todos los contribuyentes, salvo para los declarantes de renta de actividades económicas, para los que queda relegado el programa PADRE.

¿Quiénes están obligados a declarar?
En cuanto a los obligados a declarar, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros), y se eleva a 12.000 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.

Sí están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.

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