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DECLARACIÓN RENTA

Arranca la campaña para presentar la declaración de la Renta 2025 - 2026: novedades, fechas clave y borrador

Arranca la campaña de la renta 2025. Desde hoy los 20 millones de contribuyentes podrán entregar las declaraciones de forma telemática. Los canales telefónicos y presenciales estarán disponibles más adelante. Deben hacer la declaración toda persona que supere los 22.000 euros de ganacia anuales.

Desde hoy, 8 de abril, 20 millones de contribuyentes deberán declarar los rendimientos obtenidos durante el año 2025. Ya se pueden consultar los datos fiscales y similar el resultado es el llamado Borrador. Para los que no lo recuerden o para los que sea la primera vez este borrador lo deben entregar, la Agencia Tributaria explica paso a paso cómo hacerlo.

La declaración de la renta no nos gusta pero casi todos entendemos que es necesaria y desde este miércoles se puede presentar a través del canal Online de la Agencia Tributaria es el llamado borrador. Un documento preliminar, pero los expertos como el abogado Jorge Piedrafita avisa de que "los borradores suelen ser erróneos pues hay datos que no son correctos o no existen".

Más de 20 millones de contribuyentes tenemos la cita anual con Hacienda. Todos los trabajadores que superen los 22.000 euros anuales. Pero, ¿Qué ocurre si tenemos pareja declaración conjunta o individual? El abogado Jorge Piedrafita dice que sólo es rentable hacer la declaración conjunta si uno de los miembros de la pareja recibe muy poco dinero.

Si nos retienen mucho o poco es cuestión de cada uno. Perdemos mucho dinero por no conocer o acreditar reducciones o deducciones que existen. Hasta el 30 Junio tenemos tiempo para hacerla on-line, con cita previa, telefónica o presencial.

Principales fechas

  • 8 de abril: Empieza la campaña de la renta 2025-26. A partir de este día se puede presentar la declaración por internet.
  • 29 de abril: Se abre el plazo para pedir cita previa para el plan "Le Llamamos".
  • 6 de mayo: Empieza la atención telefónica da la Agencia Tributaria.
  • 29 de mayo: A partir de este día se puede solicitar cita presencial.
  • 1 de junio: Es el último día para domiciliar el pago si la declaración sale a ingresar.
  • 29 de junio: Es el último día para solicitar cita.
  • 30 de junio: Cierre de la campaña. Es el último día para presentar la declaración.

Los contribuyentes que quieran liquidar sus cuentas con el fisco pueden presentar la declaración desde este miércoles a través de la aplicación o la página web de la Agencia Tributarias. (Renta WEB), una gestión que puede realizar mediante dni o certificado electrónico, la aplicación Clave móvil o el número de referencia.

Como todos los años, la campaña finaliza el día 30 de junio. El 29 del mismo mes es el último día hábil para solicitar cita en la Agencia Tributaria, y el 25 es la fecha límite para domiciliar el pago de las declaraciones con resultado a ingresar a Hacienda, solo se precisa el IBAN y elegir entre el pago en una única cuota o de forma fraccionada.

Cómo obtener el borrador

Para acceder a Renta WEB y gestionar tu declaración, puedes identificarte con un número de referencia válido.

1. En el apartado de 'Gestiones destacadas', haz clic en 'Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta DIRECTA y Renta WEB)'. Después, selecciona la opción 'Número de referencia'.

2. Introduce tu DNI o NIE junto con la referencia si ya la tienes. Si no dispones de ella, pulsa en 'No tengo referencia'.

3. A continuación, vuelve a introducir tu DNI/NIE y el dato de contraste correspondiente según tu documento:

  • Fecha de validez (DNI)
  • Fecha de expedición (DNI permanente: 01-01-9999)
  • Número de soporte (NIE)
  • Fecha de nacimiento (NIE que empiece por L, M o K)

4. Pulsa en 'Continuar'.

5. Si presentaste la declaración de la Renta 2023, deberás indicar el importe de la casilla 505. Recuerda: escribe el número sin signos y separa los decimales con una coma.

6. Si no presentaste la Renta 2023 o la casilla 505 es cero, tendrás que introducir las últimas cinco cifras del IBAN de una cuenta de la que fueras titular en 2024.

7. Una vez validados los datos, se mostrará tu número de referencia en pantalla. Guárdalo y pulsa en 'Cerrar'.

8. Introduce la referencia obtenida (también puedes conseguirla desde la app de la AEAT).

9. Accederás a tu expediente. Para consultar, modificar o presentar tu declaración, selecciona “Borrador/Declaración (Renta WEB)”.

Novedades en la declaración de la renta

Una de las principales novedades afecta a las rentas del capital. El Ministerio de Hacienda ha añadido un nuevo tramo en la tributación del ahorro: a partir de ahora, las ganancias patrimoniales y dividendos que superen los 300.000 euros anuales tributarán al 30%.

Los tramos inferiores se mantienen sin cambios. Así, los primeros 6.000 euros continúan gravados al 19%. Esta medida impacta especialmente en los contribuyentes con mayor nivel de ingresos.

Otra novedad destacada es la deducción de hasta 340 euros para trabajadores que perciben el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), así como para personas en situación de desempleo.

Además, se han incorporado cerca de 30 nuevas desgravaciones fiscales, muchas de ellas autonómicas. Por ejemplo:

  • Las personas con celiaquía pueden deducirse hasta 250 euros en Andalucía, Asturias y La Rioja
  • Los pacientes con ELA también cuentan con deducciones en territorios como Galicia, Extremadura y Baleares.
  • Existen beneficios fiscales en ciertos casos por gastos como gimnasio, gafas o incluso mascotas, dependiendo de la comunidad autónoma.

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