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Fútbol

¿Qué dice el artículo 19 de los estatutos de la FIFA y por qué el fútbol español se expone a ser sancionado?

La Eurocopa y la participación de los clubes españoles en competiciones europeas pueden peligrar si FIFA y UEFA determinan que la independencia de la RFEFE está en entredicho.

FIFA y UEFA vigilan los movimientos del Consejo Superior de Deportes (CSD) para tutelar a la RFEF hasta las elecciones de después de los JJOO. Ambos organismos emitieron un comunicado este jueves haciendo referencia a la decisión del Gobierno de crear una Comisión de Supervisión, Normalización y Representación para tutelar a la Real Federación España de Fútbol hasta los comicios que deben celebrarse tras los Juegos Olímpicos.

Los dos máximos organismos del fútbol mundial han reconocido su "gran preocupación la situación que rodea a la RFEF" y avisan que recabarán "información adicional para evaluar en qué medida" dicha comisión creada por el CSD "puede afectar a la obligación de la RFEF de gestionar sus asuntos de forma independiente y sin interferencias gubernamentales indebidas".

Y es que tanto UEFA como FIFA son muy estrictos a la hora de garantizar que no se produzcan injerencias externas en sus federaciones miembro, como se establece en el artículo 19 de los Estatutos de la FIFA. ¿Qué dice dicho artículo?

Bajo el título 'Independencia de las federaciones miembro y sus órganos', el artículo 19 de los Estatutos de la FIFA establece en el primero de sus cuatro puntos que "todas las federaciones miembro administrarán sus asuntos de forma independiente y sin la injerencia de terceros".

En el segundo epígrafe del artículo 19, FIFA recuerda que "los órganos de las federaciones miembro se designarán únicamente mediante elección o nombramiento interno. Los estatutos de la federación estipularán un procedimiento electoral democrático para la elección o los nombramientos".

Por último, en los epígrafes 3 y 4, FIFA avisa que no reconocerá "a ningún órgano de una federación miembro que no haya sido elegido o nombrado de acuerdo con las disposiciones del apdo. 2" ni "las decisiones adoptadas por órganos que no hayan sido elegidos o nombrados de acuerdo con el apdo. 2 del presente artículo".

En riesgo la Eurocopa y la participaciones de los clubes en Europa

De esta forma, el Gobierno sabe que debe andar con pies de plomo en su intervención de la RFEF ya que existe el riesgo de que el fútbol español sea castigado, dejando a España fuera de la próxima Eurocopa y a los clubes españoles sin participar en las competiciones europeas la próxima temporada.

El presidente del CSD, José Manuel Rodríguez Uribes, instó este jueves a los miembros de la comisión gestora de la RFEF, a quienes el TAD ha abierto un expediente, a limitarse en sus funciones a la mera administración ordinaria de la Federación. Además, el CSD debe decidir quiénes serán las personas al frente de la anunciada Comisión de Supervisión, Normalización y Representación.

Pero, como ya se ha señalado, FIFA no reconocerá a ningún órgano de una federación miembro, ni sus decisiones, que no haya sido elegido o nombrado internamente. Cualquier incumplimiento del artículo 19 de los estatutos de la FIFA puede conllevar la suspensión y hasta expulsión de la federación, a petición del Consejo de la FIFA, decisión que conlleva sanción deportiva.

"El Congreso podrá suspender a una federación miembro únicamente a petición del Consejo. No obstante, sin el voto del Congreso el Consejo podrá suspender temporalmente y con efecto inmediato a aquellas federaciones miembro que violen gravemente sus obligaciones. La suspensión del Consejo mantendrá su vigencia hasta el Congreso siguiente, salvo que el Consejo levante la sanción antes de la celebración del Congreso", reza el artículo 16 de los Estatutos de la FIFA.

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