Declaración renta

Estas son las novedades en la campaña de la declaración de la renta 2022-2023

Preparen la calculadora porque estamos a 24 horas del inicio de la campaña de la renta con novedades importantes. Desde mañana se pueden presentar los borradores por internet. El 3 de mayo se abrirán las consultas para hacer la declaración por teléfono y el 25 de mayo se podrá pedir cita de manera presencial.

Estas son las principales novedades que hay que tener en cuenta antes de cumplir con las obligaciones tributarias. Las familias vulnerables podrán marcar la casilla de 200€ para cobrarlos de una sola vez. Además las madres en paro podrán recibir los 100€ al mes o, en caso de estar en ERTE, podrán recibirlos con carácter retroactivo desde el año 2020.

Modificaciones para autónomos

La principal modificación para el colectivo de autónomos hace referencia al nuevo sistema de cotizaciones a la Seguridad Social. Desde este 2023 la cuota de los autónomos se calcula partiendo de los ingresos reales y no de la base que él decida.

Impuesto a las grandes fortunas

Las grandes fortunas por primera vez verán cómo se les aplica el nuevo impuesto. El impuesto aprobado por el Gobierno central se aplicará ya respecto al ejercicio 2022 para aquellos que tengan un patrimonio neto superior a los tres millones de euros.

Nuevas deducciones para los habitantes de La Palma

Los habitantes de La Palma también podrán pedir las deducciones concretas. Hay otras cuatro deducciones específicas. En primer lugar, una deducción del 9% sobre el 10% de mínimo personal y familiar; otra de 2.000 euros para los que perdieron inmuebles y de 300 para los que perdieron coches. Finalmente, una deducción de 200 euros por mes completo para los que hayan cedido gratuitamente una vivienda a las familias desalojadas, y una de gastos por enfermedad del 35%.

También tendrán deducciones los vecinos que hayan instalado en sus viviendas sistemas de eficiencia energética. Además, veremos como novedad una casilla específica para las operaciones con criptomonedas. Aquellas personas cuyos rendimientos brutos no superen los 15.000 euros no están obligados a presentar la declaración de la renta.