DOCUMENTACIÓN LEGAL
No todo son caricias y paseos, también debemos cumplir una serie de obligaciones y debemos informarnos bien de ellas antes.
Tener una mascota es el sueño de muchos niños y familias. La imagen de tener un animalito en casa con el que jugar y disfrutar, ya sea en la calle o mientras se ve la tele, es la ilusión que impulsa a muchos futuros propietarios a lanzarse a la nueva aventura del mundo de las mascotas; pero ¿qué hay detrás de esa decisión?
Por desgracia, en este día a día que vivimos, acelerado y de decisiones rápidas, se nos escapan detalles de verdadera importancia.
Al igual que en otros aspectos, debemos ser plenamente conscientes de los cambios y obligaciones que ese nuevo miembro va a traer a nuestra familia y que en el momento que lo adquirimos, debemos cumplir una serie de obligaciones legales tan firmes como las que se adquieren al adquirir un nuevo coche o una vivienda.
A diario nos hablan de los derechos que uno tiene en casi todos los aspectos de nuestro entorno: derecho a que nos respeten, derecho a poder ir libremente por donde queramos, derecho a libre expresión, derecho a la igualdad entre todos… Todos ciertos y fundamentales, pero ¿qué pasa con las obligaciones que tenemos?
Pues son igualmente necesarias y quizás más importante hablar de ellas ya que se quedan en el olvido y luego nos pasan factura.
Por mi parte espero poder esclarecer las dudas que muchas veces surgen cuando de pronto nos llega una multa por no haber cumplido esas normas y parece que nos están haciendo partícipes de una cámara oculta… Nada más lejos de la realidad. Esas multas existen, y no son precisamente baratas.
A nivel sanitario
Son las más conocidas: las vacunas
- A nivel nacional, actualmente solo existe una vacuna obligatoria. La vacunación antirrábica es de obligado cumplimiento en los perros y va siempre asociada a animales que deben estar identificados con microchip. Según la comunidad autónoma, esa vacunación se exige que sea anual o bianual.
- La identificación mediante microchip es obligatoria en perros, gatos y hurones.
- La desparasitación interna frente al quiste hidatídico es obligatoria al menos una vez al año en territorio nacional y en comunidades autónomas con mayor ganadería o caza se exige con productos específicos, cada 3 meses.
Estas tres actuaciones no son cuestionables y tienen una clara justificación. Actualmente somos un país libre de Rabia, pero estamos rodeados de países con Rabia activa en sus mascotas y animales salvajes. Dado el tráfico anual existente entre Francia, Portugal y Marruecos, no podemos arriesgarnos a que nos entre un brote y estar sin la vacuna al día. Esta vacunación obligatoria nos previene de una nueva crisis sanitaria.
El micro chipado es fundamental para controlar la población existente de mascotas y evitar el incremento de animales vagabundos con los consiguientes problemas sanitarios asociados. Y las desparasitaciones internas son la actuación más directa para evitar contagiarnos de parásitos intestinales dada la estrecha convivencia actual con las mascotas.
A nivel legal
En este apartado entran todas las obligaciones no sanitarias.
- Según el ayuntamiento, será obligatorio empadronar a las mascotas para poder llevar un registro de la población animal del municipio.
- A la hora de viajar, nos pedirá unos documentos u otros según el destino y el medio de transporte que usemos.
- Si el viaje es en territorio nacional, deberemos informarnos sobre cómo debe ir sujeta la mascota en el vehículo elegido y llevar siempre con nosotros la documentación del animal.
- Si el viaje es internacional, nos pedirán el pasaporte europeo de mascotas.
Asimismo, deberemos informarnos en la embajada del país de destino de los requerimientos de entrada y de salida, para no llevarnos la sorpresa de no poder volver a territorio nacional sin previa cuarentena por no haber previsto análisis específicos antes del viaje.
Perros de razas Potencialmente Peligrosas
Hace años se calificaron determinadas razas como perros potencialmente peligrosos (PPP). Algunos ejemplos de estas razas son los Rottweilers, Dóberman, Pitbull, American Bully…
La principal característica de estas razas son la fortaleza de su mandíbula y su potencia muscular. Se fueron añadiendo razas a esa lista y finalmente incluyeron un epígrafe en el que hacían mención a cualquier raza o cruce de ellas o mestizo de más de 25 kg y potencia muscular semejante.
Los propietarios que decidan acoger una raza de esa lista deben sacarse una licencia especial en la Guardia Civil, pasar un examen psicotécnico, el veterinario debe hacer un informe oficial del animal y con esos documentos y un seguro de responsabilidad civil específico, acudir al empadronamiento del ayuntamiento donde habite. Asimismo, deberá ir siempre por la calle con correa, bozal y a cargo del responsable que se haya sacado la licencia.
Como decíamos al comienzo del artículo, no todo son caricias y paseos, también debemos cumplir una serie de obligaciones y debemos informarnos bien de ellas antes de aventurarnos a coger una mascota si no queremos que nuestra idílica historia de mascota ideal se convierta en una pesadilla burocrática.
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