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Lo que se puede y no se puede hacer en Whatsapp y no sabías

Compartir fotos, reenviar pantallazos de conversaciones o incluir a alguien en un grupo de WhatsApp sin permiso son comportamientos que no son legales.

Lo que se puede y no se puede hacer en Whatsapp y no sabías EFE

WhatsApp se ha convertido en una parte indispensable de nuestras vidas. Ya no recordamos cómo era la comunicación sin esta red social. De hecho, según datos de Statista, actualmente WhatsApp cuenta con más de 2.000 millones de usuarios en todo el mundo. Y si nos fijamos en la frecuencia de uso, un 84% de los españoles afirma comunicarse por WhatsApp varias veces al día, mientras que un 13% asegura hacerlo solo una vez.

El tráfico de mensajes enviados alcanza cifras gigantescas. Se estima que, actualmente, se envían más de 100.000 millones de mensajes al día, pero no todo vale en WhatsApp. La Ley Orgánica 3/2018 de Datos Personales y garantía de los derechos digitales también se aplica para esta red social y muchos comportamientos que realizamos, algunos muy frecuentes, son constitutivos de delitos y no lo sabemos. Hacemos un repaso.

Las capturas de pantalla

Hay que tener en cuenta que en las capturas de pantalla se visualizan conversaciones que pueden identificar directa o indirectamente a una persona, gracias a la información del contexto, a sus nombres en el chat de WhatsApp o, incluso, a los datos expuestos en la propia conversación.

Esto puede tener graves consecuencias si se difunde a través de Internet, ya sea de forma abierta o a un elevado número de destinatarios, ya que podría dañar la protección de datos. En función del tipo de conversación, las personas afectadas podrían reclamar una indemnización por daños y perjuicios, por una posible lesión a su derecho al honor o a la intimidad.

El problema es más grave si se difunde una conversación privada de terceras personas. En este caso, de acuerdo con la Ley, entra en juego un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Enviar imágenes, audios o vídeos de otros sin consentimiento

Al igual que ocurre con las capturas de pantalla, en función de la gravedad del caso, difundir fotografías, vídeos o audios privados de terceras personas sin su permiso, se podría incurrir en un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Además, la persona afectada podría reclamar una indemnización por daños y perjuicios, por una posible lesión a su derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen. Ya hemos visto casos en que la Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto sanciones económicas a particulares en distintas circunstancias por difundir contenido audiovisual de terceras personas sin su consentimiento, por ejemplo, una actuación policial.

Crear un grupo profesional sin autorización y sin que se conozcan todos

La creación de grupos de WhatsApp tampoco está al margen de la normativa de protección de datos. En concreto, en los grupos de WhatsApp profesional, para añadir a una persona es necesario pedir su consentimiento previo. Asimismo, hay que tener cuidado con incluir en el mismo grupo a personas que no se conocen entre sí. Al añadir estos contactos, hay datos que inevitablemente quedan expuestos, como la foto, el nombre, los apellidos o el número de teléfono móvil, y ello vulnera la confidencialidad.

En este caso, cuando se trate de un grupo corporativo con miembros que no se conocen entre ellos, debería optarse por una lista de distribución, en lugar de un grupo, ya que la lista permite el envío de mensajes individuales sin exponer datos de terceras personas.

Recientemente, la Agencia Española de Protección de datos impuso una sanción a un club deportivo de Córdoba que había creado un grupo de WhatsApp y había agregado a una ex socia. También la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCAT) ha sancionado a un ayuntamiento por crear un grupo de WhatsApp con los ciudadanos, a pesar de haberles pedido previamente el consentimiento, por ser desconocidos y atentar contra la intimidad.

Estos son solo unos ejemplos que ponen de manifiesto la importancia de poner el foco en estos comportamientos que, aunque los hagamos de manera inconsciente, pueden tener sus consecuencias legales.

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