LA UE DECLARA ILEGAL LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA

Las fechas claves del canon digital

Nació como intento de compensar a autores, editores y distribuidores. El reclamo de pagos de la SGAE a la empresa PADAWAN hizo el resto.

Con la intención de establecerse como una tasa con la que compensar a autores, editores y distribuidores por el derecho a la copia privada, la legislación española reconoció el derecho de los ciudadanos a reproducir una obra protegida por la propiedad intelectual para uso personal y privado. Eso sí, previo paso por caja (más 'impuestos').

Comienzos
La legislación española lo contempla por primera vez en la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual, y se recogió de manera más expresa en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual española (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.

Segundo paso: Septiembre de 2003
Se aprueba el primer canon digital, que se aplica a los CDs y DVDs vírgenes, gracias a un acuerdo entre la patronal Asimelec y las entidades de gestión de derechos de autor. La SGAE ha pasado a facturar un 12% más entre los años 2003 y 2005, cuando su facturación se situó en 300 millones de euros. Asimelec se queja de la desaparición de pequeñas empresas del sector y del aumento de las compras de estos soportes a través de Internet en otros países donde resultan más económicos.

Julio de 2006, por extensión
Se aprueba la nueva Ley de Propiedad Intelectual donde se recoge la decisión de extender el canon a nuevos soportes que permitan la duplicación y reproducción de las obras protegidas. La ley se aprueba por unanimidad parlamentaria.

Septiembre 2006, reunión sin fin.
Los representantes de la industria tecnológica y electrónica, y las entidades de gestión de derechos de autor son emplezados a sentarse a negociar para fijar los nuevos aparatos que tendrán canon, y las cuantías que se deberán a aplicar a cada uno. Nunca llegarán a un acuerdo.

Enero 2007, mediadores
Ante la imposibilidad de los sectores involucrados de ponerse de acuerdo para fijar un canon, intervienen los Ministerios de Industria y de Cultura. Las desavenencias parecen ser igual de intensas.

Octubre 2007, el primer movimiento del último paso
Después de meses de rumores y filtraciones a la prensa, Industria y Cultura fijan las cuantías y los dispositivos que tendrán que aplicar el canon digital, pero aún no son oficiales. La administración no quiere que se conozcan hasta su publicación en el BOE, lo que representaría su aplicación definitiva. Todo parecía indicar que el canon empezaría a aplicarse a partir de 2008.

Diciembre de 2007, se obliga al Gobierno
Por sorpresa, el Senado aprueba una enmienda a la Ley de Impulso para la Sociedad de la Información en la que se insta al gobierno a eliminar el canon en el plazo de un año.

Jueves 20 de diciembre de 2007
La enmienda a la LISI que propone la eliminación del canon digital pasa al congreso. Si la medida obtiene la aprobación parlamentaria, el canon (reconocido por la Ley de Propiedad Intelectual), podría ser eliminado.

Jueves 21 de octubre de 2010, 'palo' a la 'Ley Sinde'
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara ilegal cualquier tipo de canon digital que se imponga de forma indiscriminada a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas, como el que se aplica en España. La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde afirma que buscará alternativas.

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