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La modificación de la normativa extiende la garantía legal hasta los tres años para los bienes que se compren a partir de este año 2022.
El Año Nuevo comienza con la modificación del Real Decreto Legislativo 1/2007 que amplía hasta los tres años la garantía legal de los productos que se compren en 2022 y que se aplica a móviles y ordenadores.
También se amplía de tres a cinco años el plazo de prescripción para ejercer los derechos que el consumidor tiene cuando el producto presente una falta de conformidad. Se incrementa el plazo de inversión de la carga de la prueba para acreditar la falta de conformidad, que pasa de seis meses a dos años.
Para oponerse a la reclamación del usuario, el empresario tendrá que demostrar que dicha falta de conformidad no existía en ese momento. A partir del plazo de dos años, corresponderá al consumidor la carga de la prueba de que la falta de conformidad existía desde la entrega del producto.
La norma mantiene que en el caso de bienes de segunda mano, el consumidor y la empresa podrán pactar una duración determinada del plazo de garantía, que no podrá ser inferior a un año.
En bienes de segunda mano, ese plazo de reclamación podrá ser pactado por el consumidor y el empresario, pero en ningún caso podrá ser inferior al período de responsabilidad pactado por la falta de conformidad.