La UE acusó a la multinacional tecnológica de "abuso de posición dominante" a través de su servicio de comparación de precios, Google Shopping
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado este miércoles la multa de 2.424 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Google en 2017 por abuso de posición dominante al haber favorecido su sistema de comparación de precios frente a los de la competencia.
"El Tribunal General concluye su análisis declarando que debe confirmarse el importe de la sanción pecuniaria impuesta a Google", ha señalado el TGUE.
"El Tribunal General concluye que Google favorece su propio servicio de comparación de precios en sus páginas de resultados generales mediante una visualización y un posicionamiento más favorables, al tiempo que relega los resultados de los servicios de comparación de la competencia en esas páginas mediante algoritmos de clasificación", reza el comunicado del tribunal.
El recurso de Google, rechazado
De esta forma, la corte con sede en Luxemburgo ha rechazado el recurso que interpuso la compañía y dio la razón a la Comisión Europea en su análisis de que Google había violado la libre competencia al haber otorgado un lugar prominente a su servicio comparativo en la página de resultados de búsqueda frente a los de los competidores.
El TGUE también ha señalado que "tras haber medido los efectos actuales de la conducta en el tráfico de los servicios de comparación desde las páginas de resultados generales de Google, la Comisión tenía una base suficiente para demostrar que ese tráfico suponía una gran parte de su tráfico total".
"Menos opciones para los consumidores"
Por tanto, "el resultado potencial fue la desaparición de los servicios de comparación de precios, menos innovación en sus mercados y menos opciones para los consumidores", que, según la sentencia, son "rasgos característicos del debilitamiento de la competencia".
Por último, los jueces han rechazado también los argumentos de Google de que mejoró "la calidad de su servicio de búsqueda", contrarrestando así el efecto de exclusión.
Según la sentencia, "si bien los algoritmos para la clasificación de resultados genéricos o los criterios para el posicionamiento y la visualización de los resultados de productos especializados de Google pueden, como tales, representar mejoras de servicios favorables a la competencia, eso no justifica la práctica en cuestión".