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Estos son los cambios en los contratos de los móviles a partir de noviembre

Rescindir el contrato sin penalización es uno de los cambios de la Ley General de Telecomunicaciones publicada en el BOE.

Una mujer con un móvilPixabay

La Ley General de Telecomunicaciones se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de junio de 2022. Aunque se publicó hace meses, la nueva ley concede unos plazos para desarrollar algunos de sus aspectos.

Se dispone de un plazo de cuatro meses, desde la entrada en vigor de la ley, para "modificar los contratos formalizados con los usuarios finales para adaptarlos a lo establecido" en la nueva norma. Por tanto, los cuatro meses se cumplen a finales de octubre, ya que la norma se publicó en el BOE el pasado mes de junio.

Entre otros aspectos que recoge la ley se encuentra el compromiso del Gobierno de desarrollar medidas que, en el plazo de un año, permitan que los ciudadanos tengan una conexión mínima de 100 Mbps. También, el derecho de los ciudadanos a no recibir llamadas indeseadas, que entrará en vigor en el plazo de 12 meses, desde la entrada en vigor de la ley.

¿Cuáles son los cambios que entran en noviembre?

Tal y como se recoge en la disposición adicional vigésima séptima de la ley sobre la adaptación de la contratación con los usuarios finales: "Los operadores de comunicaciones electrónicas dispondrán de un plazo de cuatro meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley para modificar los contratos formalizados con los usuarios finales para adaptarlos a lo establecido (...) y a petición expresa de los usuarios, proceder a su rescisión".

Además del derecho a recibir información "veraz, transparente y comparable", la norma también recoge "el derecho a rescindir el contrato anticipadamente y sin penalización" y el derecho a una factura "detallada, clara y sin errores".

Rescindir el contrato sin coste

La Ley General de Telecomunicaciones recoge, tal y como se ha presentado antes, que los usuarios tendrán derecho a rescindir el contrato sin coste adicional "cuando el operador (...) les anuncie que propone introducir cambios en las condiciones contractuales, a menos que los cambios propuestos sean exclusivamente en beneficio del usuario (...) o no tengan efectos negativos".

Además, las compañías deberán comunicar a los clientes cualquier cambio en las condiciones con un mes de antelación como mínimo. En esa comunicación también deberán informar del derecho que tiene el usuario de rescindir el contrato.

"El derecho de rescindir el contrato podrá ejercerse en el plazo de un mes a partir de la comunicación, la cual debe efectuarse de forma clara y comprensible y en un soporte duradero", recoge el texto.

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