Coronavirus Teruel
Estaba en el aire, faltaba la ratificación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) y este ha dicho 'no' a la prórroga de las medidas de confinamiento declaradas por el Gobierno de Aragón en materia de movilidad en el municipio de Andorra, Teruel.
Medidas ilegítimas
Los magistrados de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) califican de "ilegítimas" las medidas que trata de prorrogar el Gobierno de Aragón para combatir el coronavirus.
Para la Sala del TSJA lo ocurrido es "inaceptable" porque además de no dirigirse al órgano competente, se pidió la ratificación en el Juzgado a las 08.22 horas del 29 de septiembre, en el cuarto día de la eficacia de la orden, que se iniciaba el 26 de septiembre a las 00.00 horas.
Los magistrados recuerdan que "la restricción de derechos fundamentales exige, en los preceptos que expresamente se menciona en la Constitución Española, la previa autorización judicial" y puntualizan que existe una diferencia entre autorización y ratificación.
Un tirón de orejas
Los magistrados explican en su auto que cuando se produce una restricción de derechos, como en este caso por el coronavirus, "no es sólo relevante la razón material para restringirlos, sino la absoluta legalidad del procedimiento para hacerlo, no justificándose la restricción de los mismos únicamente en la razón de fondo, del mismo modo que un registro de una morada sin previa autorización judicial por la policía no se justifica en haber encontrado efectos del delito en su interior".
Y por todo esto, "a la luz de todo lo razonado" es por lo que el órgano judicial considera que no se puede ratificar la prórroga del confinamiento por el coronavirus "sin haberla pedido siquiera antes de que entrase en vigor, y sin haber razonado o argumentado los motivos de urgencia que podrían justificarla, hacen ilegítima la misma".