El Tribunal Supremo recuerda en una sentencia que los vientres de alquiler están prohibidos

El Tribunal Supremo recuerda en una sentencia que los vientres de alquiler están prohibidos

Las parejas que recurren a un vientre de alquiler para ser padres no pueden inscribir al niño como hijo de los dos. La legislación española reconoce como padres biológicos a la mujer que ha engendrado al bebe y el hombre que ha cedido su material genético. El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de un matrimonio homosexual que pretendía registrar como hijos de la pareja a dos niños, nacidos en California. La sentencia recuerda que en nuestro país están prohibidas este tipo de gestaciones.

Las parejas que recurren a un vientre de alquiler para ser padres no pueden inscribir al niño como hijo de los dos. La legislación española reconoce como padres biológicos a la mujer que ha engendrado al bebe y el hombre que ha cedido su material genético. El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de un matrimonio homosexual que pretendía registrar como hijos de la pareja a dos niños, nacidos en California. La sentencia recuerda que en nuestro país están prohibidas este tipo de gestaciones.

Más sobre este tema: