PARA DESTAPAR UN CASO DE ACOSO

El Supremo da la razón a una madre por acceder a las redes sociales de su hija

La madre de la menor, accedió sin autorización para detener el ciberacoso que estaba sufriendo. El propio acosador, condenado como responsable por un delito de abusos sexuales a una menor y cinco delitos de exhibicionismo, pidió que se anulara su sentencia, alegando que la madre había vulnerado la intimidad de la niña.

El joven Abel Ruiz fue condenado por la Audiencia Provincial de Tarragona como responsable de un delito de abusos sexuales a una menor de 13 años y cinco delitos de exhibicionismo ante otras chicas. En todos los casos, el joven utilizó redes sociales como para cometer sus delitos.

El condenado en su recurso al Tribunal argumentó que la madre de una de las víctimas había vulnerado el derecho a la intimidad de su hija para detener y probar los abusos. El Constitucional ha dado ahora la razón a la madre.

La propia sentencia del Constitucional indica que una menor de 15 años tiene que otorgar el consentimiento a sus padres o tutores para que puedan desvelar mensajes de cuenta de Facebook. Aunque el fallo también argumenta que "en las obligaciones de velar por sus hijos menores, no se puede desposeer a los padres de la capacidad de controlarles, sobre todo en el caso de una actividad delictiva viva."

Un caso que puede sentar precedentes, según el abogado Cayetano Sánchez, "Es cierto que el menor puede hacer un uso que le dañe a él mismo, al propio menor. A partir de esta sentencia, los padres se van a sentir respaldados a la hora de utilizar esa información siempre en defensa del menor".

La reforma del Código penal ya recoge que sólo el ciberacoso, sin actos materiales puede suponer penas de hasta  2 años de prisión. Los padres no deben de olvidar que, por ley, los menores tienen prohibido su registro en las redes sociales.

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