Violencia de género
El Tribunal Supremo endurece la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Palencia a un hombre que intentó matar a su expareja en el interior de un coche y delante de sus hijos. En los hechos probados se recoge que "tras abrir la puerta de la conductora y con un cuchillo abre ostras le propinó de forma inopinada cinco pinchazos de entre uno y dos centímetros cada uno".
Según recoge la sentencia, el hombre cesó al intervenir de forma rápida un cliente de un bar que agarró al agresor, separándole de la víctima y evitando así que pudiera continuar la agresión y acabara con la vida de su ex pareja. En ese momento manifestó: "La tengo que matar", según consta en la resolución del Supremo.
"No puede reclamar el derecho a la patria potestad cuando su intención era dejar a los niños sin su madre"
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Fiscalía al fallo de Palencia que imponía orden de alejamiento porque "debemos entender que la gravedad de los hechos cometidos en presencia de sus propios hijos, en un intento de acabar con la vida de su ex pareja, delante de ellos, y con ocasión del cumplimiento del régimen de visitas, no puede sostenerse desde el punto de vista del reproche penal con una mera pena de prohibición de aproximación o de comunicación".
El Alto Tribunal concluye que "el condenado por estos hechos no puede reclamar el derecho a la patria potestad cuando su intención era dejar a los niños sin su madre, a sabiendas de que ello es y será una de las experiencias más traumáticas que puede sufrir un ser humano".
"Pero más, si cabe, cuando esta muerte no se ha producido por consecuencias naturales, o por un accidente, sino por la agresión mortal causada por el propio padre de los menores", dice la Sala.
Esta sentencia del Tribunal Supremo podría crear jurisprudencia y además reabre el debate si se tiene que retirar o no la patria potestad a los padres agresores en los casos de violencia de género.