EL FUGADO YA HABÍA MUERTO CUANDO LO ENCONTRÓ
El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de doce días de suspensión por falta grave que el director de la Guardia Civil impuso en enero de 2015 a un brigada destinado en Palencia que difundió whatsapp su fotografía de uniforme junto al cadáver de un preso fugado. El guardia, jefe del Puesto de Malpartida de Plasencia (Cáceres), envió la imagen por whatsapp a sus compañeros con el comentario "AHÍ STA. FIAMBRE".
El mismo día en que el guardia envió la foto a sus compañeros la imagen comenzó a difundirse por grupos de mensajes ajenos al elegido por el brigada, como por ejemplo uno relacionado con los carnavales de la localidad de Tejeda del Tiétar.
La misma fotografía apareció publicada en el diario 'Hoy' de Badajoz el 8 de febrero de 2014, un día después de ocurrida la muerte del preso fugado, así como en la web radiointerior.es (que la publicó unos días más tarde). Los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central que confirma el Supremo señalan que el preso, fue detenido en las inmediaciones de la localidad de Plasencia (Cáceres).
Falleció por herida de bala. Se había fugado del Centro Penitenciario de Badajoz tras un permiso penitenciario y se le atribuían dos homicidios consumados y otro intentado, además de un secuestro.
El brigada, al ser informado por el Servicio de la Comandancia de Cáceres de que el preso se dirigía a bordo de un automóvil robado hacia la localidad de Plasencia, acudió por propia iniciativa, acompañado de otro guardia, a la zona donde quería interceptar al preso.
Una vez allí el brigada encontró al fugado ya cadáver. Vistiendo el uniforme reglamentario se situó junto al cuerpo semidesnudo tumbado en el suelo y pidió al guardia que le acompañaba que le hiciera una foto que después difundió a través de su teléfono móvil a un grupo integrado exclusivamente por guardias civiles.
En su recurso el guardia defendió que él no fue responsable de la difusión de la imagen fuera del ámbito de profesionales a quienes se la hizo llegar, pero el alto tribunal rechaza su argumento y confirma la sanción por considerarle responsable como "negligente punto de origen de la gran difusión que en definitiva alcanzó la imagen".
Ello integró una conducta totalmente opuesta al comportamiento exigible a un guardia civil, añade la sentencia, que recuerda que después de 34 años de servicio el agente debió ser consciente del perjuicio que causaba.