EL SUPREMO DA LA RAZÓN A UN AMA DE CASA DIVORCIADA

Recibirá una indemnización tras su divorcio, con separación de bienes

El Tribunal Supremo considera que las amas de casa deben ser compensadas económicamente tras el divorcio, en caso de separación de bienes. Es una sentencia que sienta doctrina al fijar que, una vez pactada la separación de bienes, no es necesario que el otro cónyuge haya incrementado su patrimonio.

El Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, destaca que no es necesario para obtener la compensación económica tras un divorcio, que el otro cónyuge se haya enriquecido o haya incrementado su patrimonio "como consecuencia del trabajo realizado en el hogar por el cónyuge acreedor".

La Sala de lo Civil ha estimado así el recurso presentado por una mujer, Piedad F., contra la sentencia dictada en 2008 porl a Audiencia Provincial de Madrid, que revocó su derecho a recibir una indemnización por las labores domésticas con las que contribuyó a la carga del matrimonio, que había fijado anteriormente el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Móstoles, en Madrid.

El Supremo avala ahora el criterio del juzgado de Móstoles y ordena reponer la sentencia que este órgano dictó en 2007, por la cual obligaba al marido a abonar 108.000 euros en concepto de la indemnización prevista. El juzgado calculó esta cuantía "multiplicando 600 euros, que costaría una empleada de hogar al mes, por doce meses y multiplicado por los 15 años de duración del matrimonio".

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