En Castilla y León
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Tordesillas contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Valladolid sobre el Toro de la Vega. El decreto, que fue aprobado por la Junta de Castilla y León y posteriormente fue revalidado por el Parlamento Autonómico, impide la muerte en público del Toro de la Vega de Tordesillas.
El ayuntamiento de la localidad recurrió al considerar que se vulneraba la Constitución por quebrantar la autonomía municipal. Como argumentos, el Ayuntamiento explicó que se trataba de un festejo que contaba con más de 500 años de tradición y al que asistían cada año 40.000 aficionados. En su sentencia, el TSJCyL rechaza que los argumentos utilizados por el Ayuntamiento sirvan para justificar su celebración por encima de la norma dictada.
El Ayuntamiento argumentó que esos miles de personas "expresan realmente la voluntad social y no los 100 animalistas que acuden de otras comunidades autónomas", el tribunal recuerda que el decreto-ley fue respaldado por el voto favorable "de casi todos los procuradores y sin ningún voto en contra", en referencia a quienes sí son "los representantes de la voluntad de los castellanoleoneses".
Los magistrados que han analizado el recurso han planteado que el Ayuntamiento no ha ejercido crítica a la sentencia recurrida, sino que se ha limitado a reproducir las alegaciones realizadas en la vía administrativa, en la que ya obtuvieron como respuesta que no cabía la cuestión de inconstitucionalidad.
La sentencia del TSJCyL condena al Ayuntamiento de Tordesillas a pagar las costas del procedimiento, aunque con una limitación de 1.000 euros más IVA, en aplicación del principio de moderación y por la "dificultad del asunto planteado". Además,respalda los "extensos, acertados y rigurosos argumentos jurídicos" de la sentencia recurrida, en la que el Juzgado dio al Ayuntamiento una "exhaustiva respuesta a todas las cuestiones planteadas".
En este sentido, la Sala del TSJCyL considera que no hay razones para cuestionar la constitucionalidad de la norma autonómica y, en concreto, recuerda que el recurso no puede basarse en que un partido político, en este caso el PP, mantenga "distintas posturas" a nivel nacional y autonómico sobre la muerte del toro, pues "ello afectará a la mayor o menor congruencia de las posturas que sostiene el partido político de que se trata, pero de ello no deriva que sea inconstitucional el Decreto-Ley".