Términos jurídicos
El Jurado Popular ha declarado este domingo no culpable a Miguel López de ser el autor material del asesinato de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala. Asimismo, se le declara no culpable del delito de tenencia ilícita de armas. En ambos casos, la votación del jurado ha sido seis votos a favor de la no culpabilidad por tres que sí le consideraban culpable.
Un juez o un jurado popular pueden declarar a un acusado como "no culpable", lo que no quiere decir que sea inocente. Son muchos los ciudadanos que confunden estos términos y puede llevar a un equívoco, entonces ¿cuál es la diferencia entre estos dos términos?
La diferencia entre una persona que ha sido declarada "inocente" o "no culpable" es que en la primera de ellas el jurado ha podido comprobar la inocencia del acusado y, por ello, queda libre de cualquier cargo. Sin embargo, una persona es declarada "no culpable" cuando, aun después de dictaminar sentencia, aún quedan evidencias que apuntan a que podría ser culpable del delito pero no hay pruebas suficientes que lo demuestren.
Este segundo caso, el de una persona "no culpable", se puede dar por pruebas insuficientes, por pruebas conseguidas de manera ilegal o porque el acusado cometió el delito bajo un atenuante, como puede ser un cuadro psicótico.