RECLAMACIONES

¿Qué cubren los seguros en caso de destrozos por temporal?

Tras los destrozos provocado por el temporal que azota la Península, son muchos los que se preguntan qué es lo que cubre la póliza del seguro.

Tras la tormenta no siempre llega la calma, llega la hora de hacer balance y echar mano de la póliza del seguro. Pero no siempre la aseguradora es la que se tiene que hacer cargo de los daños. Esto ocurre cuando se trata de riesgos extraordinarios: terremotos, maremotos, erupciones volcánicas o rachas de viento de más de 120 kilómetros por hora, rachas que pueden provocar daños como los que estamos viendo estos días.

En estos casos, al igual que daños en el coche, habría que reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que funciona como una aseguradora frente a este tipo de siniestros causados por hechos extraordinarios. Esto siempre y cuando tengamos una póliza en vigor y nos encontremos al corriente en los pagos.

Entonces, ¿qué es lo que cubre el seguro? Simplemente los riesgos ordinarios: viento, pedrisco, nieve y granizo.

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