Agresión homófoba Madrid
El joven que denunció una agresión homófoba en Madrid ha cambiado la versión de los hechos y asegura que fue "consentido".
El joven que denunció haber sido víctima de una agresión homófoba en Madrid ha cambiado la versión de los hechos ante las autoridades. En esta ocasión, ha explicado que todo habría sido "consentido y en casa de otra persona".
Dicha afirmación dejaría fuera de la historia a los ocho encapuchados que le habrían asaltado a plena luz del día y le habrían grabado en una nalga la palabra "maricón" con un cuchillo. El denunciante tras haberse retractado podría enfrentarse a una posible sanción por simulación de delito.
En ningún caso se trataría de una denuncia falsa ya que el joven no denunció a ninguna persona en concreto, sino a ocho encapuchados, sin llegar a identificar a nadie.
Según se recoge en el artículo 457 del Capítulo V del Código Penal, "el que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses".
¿Cuándo se considera que es una denuncia falsa?
El Capítulo V "de la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos" recogido en el Código Penal y publicado en el BOE, aclara en el artículo 456 los requisitos que debieran darse para considerar una denuncia falsa.
"Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados: Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave. Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve".