EL SUPREMO CONFIRMA LA SENTENCIA
La familia de la víctima había recurrido la condena del tribunal superior de Navarra porque contemplaba como atenuantes: la reparacióneconómica del daño y la embriaguez leve del procesado. Además el Supremo mantiene que se trató de un homicidio y no un asesinato, porque no considera que hubiera alevosía.