Ley bienestar animal
Los perros de caza y ganadería se incluyen en el anteproyecto de ley de bienestar animal. No se diferencian dentro de la ley, salvo en varios artículos.
El Gobierno ha aprobado elanteproyecto de ley de protección y bienestar animal. En ella se incluye nueva normativa a la hora de tener a un perro como mascota. También cuando con son considerados perros con oficio.
Todas las mascotas deben estar inscritas en el registro de animales de compañía, que todavía se encuentra por desarrollar. Tienen que tener una higiene y limpieza.
Además, en el caso de tener más de un perro de diferente sexo y que no puedan estar controlados, deberán estar esterilizados "al menos todos los miembros de uno de los sexos".
En el artículo 36 del anteproyecto habla sobre la conocida formación para la tenencia de perros. Se indica en el 36.1 que, "las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado un curso de formación acreditado".
El contenido del curso, los trámites y sus gestiones no están determinados todavía.
También deberán tener un seguro de responsabilidad civil y deberán cumplir con "los criterios de clasificación por sociabilidad, cumpliendo los
mecanismos de validación de comportamiento y socialización determinados reglamentariamente".
¿Qué ocurre si no se dispone del curso?
Aquellos perros de caza, pastoreo y guarda de ganado que no dispongan de este curso se clasificarán como "perros de manejo especial fuera de la actividad específica".
En ambos casos obliga a que estén inscritos en el registro de animales de compañía. Pero los de caza o ganado deberán estar vinculados en la licencia.
Diferencias entre perros domésticos y de caza o ganado
La mayoría de artículos son para perros domésticos y para perros de caza o ganado. Sin embargo, el artículo 33.2, sobre la esterilización mencionada, "no estarán obligados" a aquellos que tratan con ganado.
Otra normativa
Pero también hay otra normativa relacionado con ellos. En el anteproyecto se establece que está prohibido mantener a las mascotas en terrazas o patios "de forma permanente".
Se convierte en obligatoria la limpieza de excrementos y orines que se depositen en lugares de paso habitual como fachadas, puertas o entradas a establecimientos. Siempre se procederá a "la retirada o limpieza de aquellos con productos biodegradables".