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Jaén

Prisión permanente revisable para el joven condenado por asesinar y violar a una niña de 14 años en Alcalá la Real

La sentencia impone para este hombre la pena de prisión permanente revisable por el delito de asesinato, con la concurrencia del atenuante de confesión. También le impone 15 años de prisión por el delito de agresión sexual a una menor.

Imagen de archivo de un coche de la Policía NacionalEuropa Press

La Audiencia de Jaén ha condenado a prisión permanente revisable al joven de 25 años al que el jurado declaró culpable del asesinato y violación de una menor de 14 años en Alcalá la Real. El cadáver de la joven fue localizado en febrero de 2022 en las ruinas de la Iglesia de Santo Domingo, en Alcalá la Real (Jaén). La sentencia impone la pena de prisión permanente revisable por el delito de asesinato, con la concurrencia del atenuante de confesión. Además, por el delito de agresión sexual a una menor, le impone 15 años de prisión.

En cuanto a las accesorias, tiene la prohibición de comunicarse por cualquier medio y de aproximarse a la familia de la menor a una distancia no inferior a 500 metros durante un período de tiempo de 20 años. Entre tanto, se le impone la medida de libertad vigilada durante 20 años consistente en prohibición de residir, entrar o permanecer en la localidad de Alcalá la Real.

Sobre el delito de agresión sexual, también se establece como accesoria la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que implique contacto regular y directo con menores de edad por un periodo superior en 20 años al de la duración de la pena de 15 años de privación de libertad impuesta por este delito.

Por otro lado, en concepto de responsabilidad civil, se le condena a indemnizar a la familia de la víctima en 355.000 euros, además del pago de las costas, incluyendo las de la acusación particular.

Primera sentencia de prisión permanente revisable

Esta es la primera sentencia que se dicta por la Audiencia de Jaén en la que se condena a la pena de prisión permanente revisable, tal y como lo había solicitado y defendido el Ministerio Fiscal y la acusación particular. Desde la Fiscalía se resalta que la sentencia acoge en su integridad las peticiones realizadas por el Ministerio Fiscal en lo referido tanto a la prisión permanente revisable como al resto de penas impuestas.

El abogado de la acusación particular, Juan José Moreno, ha mostrado su satisfacción por la sentencia. "Satisfechos por el resultado, y orgullosos de hacer historia. Es la primera sentencia que impone la prisión permanente revisable en Jaén", ha indicado el abogado.

El propio acusado llamó al 112 y comunicó lo que había hecho

El propio acusado llamó por teléfono al 112 tras el crimen para comunicar lo que había hecho y decir que esperaría a los agentes en la entrada de la Fortaleza de la Mota. Es el motivo por el que el jurado estimó el atenuante de confesión. El jurado declaró culpable a culpable de asesinato y de agresión sexual a Nazzaryn N.N tras cerca de tres horas.

De forma "consentida" el juego de la asfixia

El acusado mantuvo en el juicio que la muerte de la niña sobrevino por practicar de manera "consentida" el juego de la asfixia y que la violación se produjo cuando la menor ya había fallecido. Según mantiene la Fiscalía, y se recoge en la sentencia de forma íntegra, la muerte de Khawla no fue accidental por someterse al juego de la asfixia. "No es posible matar a una persona por asfixia sin querer y sin darse cuenta por mucho que quiera el acusado", expresó la fiscal durante el juicio, que recordó que, tal y como indicaron los forenses, que la niña perdería el conocimiento a los 30 segundos, pero su muerte no se daría hasta pasados entre cuatro y cinco minutos, que fue el tiempo que el acusado le apretó el cuello con sus manos

De la misma manera, la sentencia recoge que se trata de un asesinato alevoso, puesto que "la menor no tuvo ninguna posibilidad de defenderse en ese momento". Además, el acusado ejerció "una anulación completa" de cualquier posibilidad de defensa.

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