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Víctimas DANA

Primer informe de víctimas mortales de la DANA: Más de un centenar tiene 70 o más años y 9 son menores

Más de 200 personas han perdido la vida a consecuencia de la DANA y ahora, gracias a un informe del CID, se conocen algunos datos detallados de estas víctimas mortales.

Han pasado 15 días de la DANA en el que más de 200 personas han perdido la vida a consecuencia de la trágica riada. A consecuencia de esto, este jueves se ha conocido el primer informe sobre las víctimas de este fenómeno meteorológico.

La provincia de Valencia fue la más afectada y quien más víctimas mortales ha sufrido. De ellas, según el análisis detallado realizado por el Centro de Integración de Datos (CID) constituido por la catástrofe, se sabe que más de un centenar de las 216 personas que han fallecido tiene 70 o más años —15 de ellos son nonagenarios— y hay 9 menores de edad.

Asimismo, del total de los fallecidos contabilizados por el CID las víctimas son:

Por sexo

  • 131 hombres.
  • 85 mujeres.

Por nacionalidad

  • 190 de nacionalidad española.
  • 26 tenían once nacionalidades diferentes.

Por edad

  • 15 personas tienen 90 años o más.
  • 52 personas, igual o más de 82 años.
  • 37 personas, igual o más de 70 años.
  • 33 personas, igual o más de 60 años.
  • 38 personas, igual o más de 50 años.
  • 16 personas, igual o más de 40 años.
  • seis personas, igual o más de 30 años.
  • diez personas, igual o más de 20 años.
  • Hay nueve menores de edad: dos de 11 años o más y siete por debajo de 11.

Así trabajan los médicos forenses para identificar a las víctimas de la DANA

Debido a lo ocurrido, un centenar de forenses trabajan a contrarreloj para realizar las autopsias a las víctimas, ya que cuanto más tiempo pasen los cuerpos en el agua, más complejo se vuelve el trabajo de identificación.

Los forenses llevan a cabo su trabajo siguiendo el Protocolo nacional de actuación Médico-forense y de Policía Científica que se da cuando se producen sucesos con víctimas múltiples y que está recogido en el Real Decreto 32/2009, según han explicado a Europa Press fuentes de la Conselleria de Justicia.

La actuación de los médicos forenses en el levantamiento de cuerpos, según recoge el Protocolo del Real Decreto, se basa en el diagnóstico de la muerte, la fecha, examinar el cadáver, obtener muestras biológicas 'in situ' y resolver cuestiones médicas o biológicas que puedan plantearse en esta fase.

Una vez se realiza esta fase y se efectúan las operaciones de traslado, se verifica la recepción en el depósito de cadáveres por parte del personal del Instituto de Medicina Legal y se realiza la necroidentificación y las autopsias. Asimismo, antes de llevar a cabo la autopsia judicial, se tiene en cuenta si en el momento del levantamiento se ha podido identificar a la víctima a través de las impresiones dactilares.

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