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Regimen de visitas

Un patinete hace que un juez cambie el régimen de visitas de un progenitor en Alicante

El juez adoptó esta medida después de que los detectives presentasen pruebas de ocasiones reiteradas en las que el demandado incumplía su obligación de protección a las dos niñas.

Un divorcio nunca es plato de buen gusto, pero si el matrimonio tiene hijos entonces la situación es más delicada. Según los datos que se extraen del último informe del Consejo General del Poder Judicial, las disoluciones matrimoniales han bajado en España un 1,4% en el tercer trimestre de 2024.

No hace más de una década, cuando un matrimonio con hijos decidía separarse, la mujer tenía más de un 80% de probabilidades de quedarse con la custodia, sin embargo, esa tendencia cambió en 2023, según los datos publicados por el INE. En el 3,5% de estos divorcios la custodia se otorgó al padre, en el 47,8% a la madre, mientras que en el 48,4% de los casos fue compartida y en el 0,3% se otorgó a otras instituciones o familiares.

Pero, ojo, porque esta custodia no es inamovible. Recientemente, la Audiencia Provincial de Alicante ha modificado las visitas de uno de los progenitores al considerar que "el progenitor demandado, con tales actitudes, pone en riesgo la seguridad e integridad de las menores, dos niñas de 4 y 2 años. Y, con su actuación, incumple los deberes de protección de estas". Desde la Newsletter de Antena 3 hemos hablado con Beatriz de Pablo, vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia, para saber en qué ocasiones un juez puede modificar el régimen de visitas y qué ocurrió concretamente en esta causa que recoge el blog Confilegal.

¿Puede una imprudencia suprimir tus derechos como padre? Si el bienestar del menor ha de estar siempre en primer plano y el contacto con ambos progenitores es un factor fundamental para el mismo, ¿quién valora qué imprudencias son perdonables y cuáles no? Beatriz de Pablo nos explica que en esta situación en concreto no se trata de "una situación aislada". "La sentencia recoge una serie de cuestiones y de incumplimientos y falta de deber de protección de este padre hacia su dos hijas. También tenía ya una obligación de hacer unas visitas supervisadas con los abuelos que no cumplía, cruzaba con las niñas por una carretera nacional, las montaba en el vehículo sin tener carné de conducir, sin sillita de protección adecuada. En fin, eran varios incumplimientos del deber de protección de este padre con sus hijas. Máxime cuando tenía ya una serie de obligaciones impuestas por un juzgado", aclara la abogada.

Las acciones de las que se habla son las que enumeró en la sala la empresa de detectives que la otra parte contrato. En concreto, "conducir el vehículo sin carnet de conducir, paseos y visitas sin supervisión, cruzar la carretera nacional por zonas no autorizadas, o ir subida en patinete con el padre sin medidas de seguridad". Y es que tal y como detalla De Pablo, cuando uno de los progenitores demanda al otro, después hay que probar las acusaciones. "Luego hay que ir al juzgado a demostrar todo esto, en el caso de esta noticia hay un informe de los detectives que lo estuvieron siguiendo durante bastante tiempo y había una conducta reiterada de muchas veces de poner en riesgo a estas menores".

El demandado ha negado dichas prácticas y recurrió la sentencia, pero dicho recurso fue rechazado. Las medidas que el juez puede imponer en un proceso de divorcio con hijos en las que uno de los padres demuestre que el otro incumple sus obligaciones de protección van desde "la supresión de visitas del progenitor, la supresión de la guarda y custodia si la tuviera, o bien hacer las visitas en puntos de encuentro supervisadas por otros familiares. Si ya la situación es muy grave evitar y suprimir las visitas de manera indefinida o temporal".

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