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Nueve comunidades autónomas españolas tienen leyes para regular la muerte digna

En España no existe una ley sobre la muerte digna, pero nueve comunidades autónomas han decidido regular este aspecto. Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco ya han aprobado dicha regulación. En el caso de Asturias, se ha dado luz verde para llevarla adelante.

El Código Penal español prohíbe la eutanasia activa y el suicidio asistido y cuenta, desde 2002, con la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica, en la que se reconoce como un principio básico "la dignidad de la persona y el respeto a la autonomía de su voluntad".

El suicidio asistido está penado en nuestro país, y el Código Penal, en su artículo 143, dice al respecto:

1. 'El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años'.

2. 'Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona'.

3. 'Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte'.

4. 'El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este artículo'.

Sin embargo en España no hay una ley estatal específica de muerte digna. Tan solo nueve comunidades autónomas regulan este aspecto: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Galicia, Madrid, Navarra y País Vasco.

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