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Notificación de las multas vía electrónica, el cambio que llega a la DGT

A partir del 1 de noviembre las personas jurídicas dejarán de recibir las multas en papel.

Multa de tráfico de la DGTdepositphotos.com

Dentro del próximo mes la DGT impulsará un nuevo cambio en su manera de notificar las multas: se hará de manera electrónica. No obstante, no se trata de un cambio que afectará a cualquier persona, sino que lo hará a las personas jurídicas, es decir, a las empresas.

Hasta ahora, la Dirección General de Tráfico notificaba las multas a través del Código Postal por correo ordinario. Tal y como recoge el portal de la DGT, es una actualización que se podrá en marcha a partir del próximo 1 de noviembre.

"A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV)", especifica el portal. Por lo tanto, cualquier empresa deberá darse de alta en el sistema y disponer de un certificado digital en vigor, un correo electrónico y un teléfono móvil.

De este modo, cada vez que el organismo deba notificar una sanción lo comunicará a través de correo electrónico. Para acceder a los detalles de la misma, deberán hacerlo por la plataforma electrónica una vez dados de alta.

"En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Recuerda que si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico", explica la DGT.

¿Qué ocurre con las personas físicas?

En el caso de las personas físicas, es decir, los particulares, no se verán afectadas en este cambio. De hecho, el resto de conductores pueden escoger cómo quieren recibir las comunicaciones de la DGT. De forma voluntaria, pueden darse de alta en el buzón de Dirección Electrónica Vial y recibirlas por correo o continuar con la manera tradicional de envío postal.

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