enFuenteguinaldo
La práctica del ‘topless’ no está regulada por ninguna normativa específica a nivel regional en Castilla y León. Es cada consistorio quien debe dictaminar la permisividad en este tema. Sin embargo, muchas localidades tampoco lo regulan, por lo que la prohibición queda en un vacío legal. Ahora un pueblo ha decidido regular.
El Ayuntamiento de Fuenteguinaldo, una pequeña localidad de 680 habitantes en la provincia de Salamanca, ha prohibido el ‘topless’ en la única piscina municipal que tienen. El equipo de gobierno, encabezado por Ciudadanos, quien gobierna desde las pasadas elecciones de mayo con el apoyo del PP, ha recogido en la ordenanza del uso de piscinas municipales dicha prohibición. “Está Prohibido bañarse sin los respectivos trajes de baño y/o hacer toples en las áreas de piscinas y/o jardines.”, se señala en la normativa.
En este sentido, la alcaldesa de la localidad María Lourdes Palos (Cs) opina, según recogen medios locales, que esta práctica en un pueblo pequeño "puede escandalizar a niños y ancianos".
La decisión contrasta con la de otras ciudades de la región. En Soria, por ejemplo, la ordenanza consiente expresamente el ‘topless’ en las piscinas públicas de la capital de provincia.
Se reabre el debate del ‘topless’.
Hace unas semanas el Ayuntamiento de Barcelona instó a los centros deportivos y piscinas municipales a retirar cualquier normativa que prohibiese el ‘topless’ al considerarlo una norma discriminatoria. Hasta entonces, era cada centro quien dictaminaba si permitía o no esta práctica.
Fue una entidad quien denunció el hecho ante el consistorio. Tras esto, la oficina para la No Discriminación elaboró un informe en el que indicó que “el hecho de imponer unas normas de vestimenta específica para las mujeres supone una restricción de su libertad de elección y una discriminación por motivos de género”.