TRABAJÓ ENTRE 1961 Y 1985

Un Juzgado condena a Uralita SA a pagar 300.000 euros a un enfermo de asbestosis

Se trata de una enfermedad derivada de inhalar amianto, ya que el trabajador desarrollaba su actividad "con total desconocimiento del riesgo cancerígeno, mientras la empresa incumplía la legislación de seguridad e higiene".

El Juzgado de lo Social número 3 de San Sebastián ha estimado la demanda presentada por un trabajador que padece asbestosis contra la empresa Uralita SA y condena a la sociedad a indemnizar con 301.671 euros al enfermo. Asviamie, Asociación vasca de enfermos del amianto, recuerda que Fortunato M.G. está afectado de asbestosis pleural, después de trabajar entre junio de 1961 y junio de 1985 como operario del almacén situado primero en la calle Gloria de San Sebastián y posteriormente en el centro de Lasarte.

Su actividad laboral consistía en descargar y servir el material de fibrocemento (placas, tubos, etc.) a los clientes, cortar con la rotaflex a medida el material con desperfectos o machacar el material sobrante con una maza, para su vertido en la escombrera, barrer con la escoba y limpiar el almacén.

En este sentido, apunta que esta actividad la desarrollaba el trabajador "con total desconocimiento del riesgo cancerígeno, mientras la empresa incumplía la legislación de seguridad e higiene, sin ninguna extracción localizada del polvo, sin reconocimientos médicos a los trabajadores o llevando estos la ropa de trabajo al domicilio para su lavado".

La Asociación señala que en enero de 2012 el Juzgado de lo Social número 5 rechazó la petición de la Incapacidad Absoluta por Enfermedad Profesional del afectado. Más tarde, en marzo 2014 el Instituto Nacional de la Seguridad Social se la reconoció al sufrir asbestosis pleural, apoyándose en el informe de Osalan, que certificaba la exposición al amianto, y del Instituto Nacional de Silicosis, que concluía que se trataba de una enfermedad derivada de inhalar amianto.

Presentada la demanda de daños y perjuicios, el Juzgado estimó en julio 2015 el criterio de Uralita de prescripción y rechazó la demanda. Recurrida la resolución, el TSJPV, en diciembre de ese año, declaró la nulidad de la Sentencia y requirió que se procediera a dictar nueva sentencia entrando al fondo del asunto. La nueva sentencia de mayo de 2016 fue nuevamente anulada en septiembre por el Tribunal Superior. Ahora, el Juzgado de lo Social número 3 de San Sebastián ha condenado a Uralita a pagar 301.671 euros más los intereses al trabajador.

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