Coronavirus
La jueza de familia considera que la postura de la madre, a favor de la vacunación, es la más favorable para los hijos, y que por tanto debe ser ella la que tome la decisión.
La jueza de familia del juzgado de primera instancia 51 de Barcelona ha dictado la primera sentencia de unos padres separados en relación a la posible vacunación contra el coronavirus de sus hijos.
La magistrada ha dado finalmente la razón a la madre, que era partidaria de inmunizar contra la COVID-19 a sus hijos, mientras que el padre se mostraba en contra de dicha actuación.
La justicia da la razón a la madre
Una vez valorada la documentación, escuchadas ambas partes y considerada la documentación y jurisprudencia sobre el tema, la jueza ha considerado que la madre sea la que tome esa decisión, ya que esto se considera como lo más "beneficioso" para los hijos de 15 y 16 años.
En este aspecto reside la clave, ya que la justicia no puede autorizar o no la administración de vacunas contra el coronavirus, pero sí tiene la potestad para establecer qué progenitor tiene la facultad de decidir, en base siempre al beneficio de los menores.
Autoriza la realización de pruebas PCR
El padre no sólo se mostraba en contra de vacunar contra la COVID-19 a sus hijos, sino también de que estos se realizaran pruebas PCR, algo que finalmente también ha decretado la jueza que es determinación de la madre, y que por ello sí se realizarán a los menores.
La sentencia establece que los hijos sí pueden vacunarse contra el coronavirus y realizarse PCR, aunque en el caso del mayor, es él el que tiene la última palabra, ya que la ley permite a los menores de entre 16 y 18 años a decidir por sí mismos en estas cuestiones.