COMO LA PETICIÓN DE INHABILITACIÓN
Los representantes de las cuatro asociaciones de jueces y magistrados de España ven en general desproporcionada la respuesta contra la sentencia que ha condenado a nueve años de prisión a cada uno de los cinco integrantes de 'La Manada' por abusar sexualmente de una joven durante los Sanfermines de 2016.
Además han recordado que hay dos oportunidades de revisión de la resolución de la Audiencia de Navarra por la vía de los recursos, primero ante el Tribunal Superior de Justicia navarro y, en su caso, después ante el Tribunal Supremo.
A los representantes de los jueces les parecen desmedidas algunas reacciones que se produjeron de forma inmediata nada más conocerse el fallo como las manifestaciones y concentraciones de protesta, la recogida de firmas para pedir la inhabilitación de los magistrados y las declaraciones de políticos.
La Audiencia Provincial condenó a cada uno de los cinco acusados a nueve años de cárcel por delito continuado de abuso sexual con prevalimiento y no por agresión sexual, al no apreciar violencia contra la joven, unos hechos por los que la Fiscalía pidió que fueran condenados a veintidós años de prisión.
El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Celso Rodríguez Padrón, ha señalado que "en una sociedad democrática las sentencias y las demás resoluciones judiciales son susceptibles de ser criticadas" y entiende que las críticas se produzcan en "un tema tan sensible". "Ahora bien hay que tener en cuenta que esas críticas se produjeron de manera inmediata cuando deberían tener un sustento reflexivo tras un estudio más o menos técnico y no sé hasta qué punto las primeras reacciones partieron de una lectura de la sentencia que tiene más de 300 folios", ha añadido.
Ha recordado que el ordenamiento jurídico "diseña un sistema de recursos garantista para que las resoluciones que puedan considerarse injustas por cualquiera de las partes puedan ser revisadas". En este caso, "con dos oportunidades, una ante el Tribunal Superior de Justicia y otra posterior ante el Tribunal Supremo, con lo que no se ha producido ningún daño irreparable a la sociedad ya que el proceso no ha terminado". De cualquier forma ha recordado que "son penas de 9 años de prisión y aunque hay quienes hubiesen deseado otras mayores no es una sentencia vacía y está muy elaborada aunque pueda estar o no acertada en sus razonamientos".
El portavoz de Jueces para la Democracia, Ignacio González Vega, ha recordado que "es legítimo que la sociedad se indigne" con una sentencia pero ha estimado que "la crítica pública debe estar fundamentada con un cierto rigor" y no basada en "falacias o falsedades". Ha añadido que "los juicios no se ventilan en un mitin sino en una sala de vistas en la que se garantizan los derechos tanto de los acusados como de las víctimas", y además es una sentencia condenatoria contra la que caben recursos en varias instancias.
El portavoz de la asociación 'Francisco de Vitoria', Raimundo Prado, estima que "es una actuación del poder judicial que puede ser corregida vía recursos". Para Raimundo Prado "se ha producido una reacción desproporcionada que demuestra una falta de educación general y cultura democrática que recuerda a la ley de linchamientos del Oeste". "Los que han salido a protestar a lo mejor no se han leído la sentencia y son manifestaciones fuera de tono que no benefician a España ya que parece más propio de la cultura de otros países".
Ha estimado que los medios de comunicación juegan un papel muy importante "para bien y para mal" y ha lamentado que el periodismo en ocasiones provoque "juicios paralelos que no son buenos". Raimundo Prado ha coincidido en que "las resoluciones judiciales pueden ser criticadas pero con fundamentos, de manera racional y no violenta", así como que la sentencia se puede recurrir.
La portavoz de Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, ha indicado que hay que respetar a las víctimas pero también a las resoluciones judiciales. Además, "se trata de tipos penales ambiguos y mal redactados y el derecho penal se rige por el principio de mínimos y por la presunción de inocencia". Es una sentencia "trabajada y fundamentada" contra la que caben recursos, ha concluido.