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'Ley solo sí es sí'

Un hombre condenado por violar a su sobrina de 14 años sale de prisión tras beneficiarse de la 'ley del solo sí es sí'

El condenado a 6 años de prisión ha visto rebajada su pena tras beneficiarse de la 'ley del solo sí es sí' y como ya ha cumplido su nueva pena saldrá de la cárcel en las próximas.

Un hombre condenado a 6 años de cárcel por violar a su sobrina de 14 años saldrá en libertad en las próximas horas tras beneficiarse de la 'ley del solo sí es sí'. Esta nueva rebaja de pena tiene mucha trastienda ya que la condena también estuvo marcada por otras peculiaridades que explicamos a continuación.

La Sección Primera de la Audiencia de Málaga condenó en 2015 a esta persona a 6 años de cárcel por un delito de agresión sexual cometido en 2009. Sin embargo, la penalidad en abstracto de dicho delito contemplaba antes de la entrada en vigor de la 'ley del solo sí es sí' penas de 12 a 15 años. ¿Por qué se le aplicó una condena menor? Pues el juicio se celebró 5 años y medio después del comienzo de la causa y en el auto al que ha tenido acceso EFE se señala que la Sala tuvo en cuenta el atenuante de "dilaciones indebidas" y por ello rebajó en un grado la pena, de 6 a 12 años que se contemplaba entonces para las agresiones sexuales con acceso carnal "al no ir el acto criminal acompañado de una violencia reseñable" y haberse consumado "en breve instante ante el temor de ser sorprendido".

Debido a esto en 2015 se le impuso la pena mínima prevista y también se le condenó a indemnizar en 15.000 euros a la víctima, a la que no podía aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con ella durante 14 años. El condenado ingresó en prisión el 9 de julio de 2017.

Con la entrada en vigor de la 'ley del solo sí es sí' el pasado 7 de octubre de 2022 su representante legal presentó un escrito en el que solicitaba la revisión de la condena impuesta. La Sala ha concluido que la horquilla de penas que se contemplan en el Código Penal van de los 7 a los 15 años de prisión y no de los 12 a los 15 previos. Pero a esto habría que bajar un grado en aplicación del atenuante de "dilaciones indebidas" por lo que para seguir los pasos de la sentencia de 2015 su condena se fija en 3 años y 6 meses de prisión.

El auto se emitió el pasado 19 de enero y ese día la nueva pena ya había sido cumplida por lo que la Audiencia ha ordenado la puesta en libertad del reo. Según señala el diario SUR, este es el único caso de revisión de condena que, hasta la fecha, ha supuesto la excarcelación de un preso en la provincia malagueña tras la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí", que ha beneficiado hasta la fecha a 19 reos por delitos sexuales en Málaga.

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