Indultos
El Gobierno ha concedido el indulto parcial a la expresidenta de la asociación Infancia Libre, condenada a dos años y cuatro meses de prisión por sustracción de menores y la pérdida de la patria potestad de su hijo durante cuatro años.
El BOE publica este miércoles el indulto de la expresidenta de Infancia Libre, María Sevilla, aunque ella no se ha arrepentido de haber secuestrado a su hijo.
María Sevilla fue condenada a dos años y medio de prisión y a cuatro de pérdida de la patria potestad tras haber separado a su hijo del padre durante dos años. Sin embargo, el Gobierno le otorga ahora un perdón parcial para que no entre en prisión y le devuelve la patria potestad, pese a que ha admitido públicamente que volvería a delinquir y pese a que ninguna de sus denuncias contra el padre prosperó.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Justicia, ha aprobado conmutar la pena a María Sevilla Sánchez por otra de dos años de prisión, y la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años.
María Sevilla fue condenada en 2020 por unos hechos que ocurrieron en el año 2017, cuando la expresidenta de Infancia Libre desapareció con su hijo mayor después de que un juzgado le hubiera concedido la custodia del menor al padre del mismo, que había sido denunciado por abusar sexualmente del niño, un supuesto que no llegó a ser probado por el juzgado.
Dos años más tarde del secuestro, María Sevilla fue detenida en Cuenca donde residía con sus dos hijos y a los que tenía sin escolarizar. Desde entonces, el menor convive con el padre.
El Ministerio Fiscal defendió rebajar la pena de cárcel y fijarla "exclusivamente" en dos años de prisión al considerar que se trataba del primer delito por el que Sevilla fue condenada, aunque se opuso al indulto total por la "contumacia en impedir la relación entre padre e hijo" y en "desoír las resoluciones judiciales dictadas que la obligaban a facilitar y restablecer dicha relación".