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Zona Bajas Emisiones

Estos son los coches que no podrán entrar a Madrid a partir de 2024: ¿qué etiqueta tiene tu vehículo?

¿Qué coches podrán seguir circulando por Madrid el próximo año? Consulta qué etiqueta tiene tu coche para saber si podrás ser multado o no.

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La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid restringirá un paso más el paso de vehículos al centro de la capital española a partir del próximo año. No podrán circular por las calles de Madrid vehículos con etiqueta 'A' que sean de fuera de Madrid en 2024 y para 2025 la prohibición se extenderá a todos los vehículos 'A'.

Aquellos automóviles que no se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figuren como dados de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid no podrán circular por el municipio de Madrid en 2024.

La declaración de esta zona quiere evitar que las ciudades estén colapsadas con vehículos privados y es un paso más para la Movilidad Sostenible que buscan las ciudades. "Madrid Zona de Bajas Emisiones (en adelante, Madrid ZBE) es la ordenación de tráfico de carácter permanente creada por el artículo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018 (...) para proteger la salud humana frente a las causas de mortalidad y morbilidad que provoca y agrava la contaminación ambiental urbana y posibilitar el cumplimiento de los valores límite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal, mediante la reducción de las emisiones contaminantes derivadas del tráfico rodado de los vehículos a motor más contaminantes".

A partir del 1 de enero se establece que los coches, motos y otros vehículos con clasificación ambiental 'A' tendrán prohibido acceder y circular "por cualquier vía pública urbana de la ciudad de Madrid". Estos automóviles ya vieron restringido su acceso en 2022, cuando se impidió su circulación por las vías urbanas que se encontraran en el interior de la M-30 y también se prohibió su circulación por la propia M-30 en 2023.

¿Hasta cuándo podré circular por Madrid?

La medida solo afecta a aquellos conductores que tengan coches o motocicletas con etiqueta 'A'. Hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder y circular por 'Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)' los siguientes vehículos con clasificación ambiental A según su potencial contaminante:

  • Los vehículos que a fecha el 1 de enero de 2022 cumplan los siguientes requisitos, mientras mantengan el cumplimiento continuado y simultáneo de los mismos en todo momento hasta el 31 de diciembre de 2024: se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico o figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.
  • Los vehículos conducidos por o empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, especialmente adaptados o no, siempre que se den de alta en el Sistema de gestión de accesos a 'Madrid Zona de Bajas Emisiones' y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores).
  • Los vehículos que tengan reconocida la consideración de 'históricos' conforme a la normativa correspondiente.

Avisos y multas

Desde el pasado mes de septiembre y hasta el 14 de enero de 2024 se abrirá un plazo de avisos para los conductores. Las cámaras con lector OCR del sistema automatizado de control de 'Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)' situadas en el interior de M-30 y en la vía M-30, leerán las matriculas de los coches y comprobarán su etiqueta.

Se enviarán cartas a los titulares de aquellos vehículos que sean detectados infringiendo la regulación de accesos y circulación por 'Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)'. Una vez que acabe la fase de avisos, se procederá a multar y sancionar económicamente a aquellos que infrinjan las normas con hasta 200 euros.

¿Qué significa cada etiqueta medioambiental?

Existen cuatro los etiquetas ambientales diferentes, según la Dirección General de Tráfico (DGT):

  • Etiqueta 0, Cero Emisiones, Azul: Identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, eléctricos híbridos enchufables con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
  • Etiqueta ECO: Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables, vehículos propulsados por gas natural y gas o gas licuado del petróleo.
  • Etiqueta C, Verde: Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas, excluido el conductor, y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
  • Etiqueta B, Amarilla: Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.

El resto de los vehículos, el 50% más contaminante, no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio.