Ayuda económica
El empleo como ama de casa no da derecho a cobrar el paro, pues no ha existido un contrato de trabajo con un tercero, pero sí permite el acceso a una serie de subsidios para personas que no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social.
Las amas y amos de casa no tienen derecho a paro ni a pensión contributiva al haber realizado el trabajo de forma particular y sin que medie contrato. Sin embargo, hay otras ayudas y subvenciones que sí pueden solicitar siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Tras toda una vida dedicada a las labores del hogar y, sin embargo, sin ninguna o muy poca vida laboral son muchas las personas que se preguntan ¿qué prestaciones y ayudas para amas de casa de más de 45 años puedo pedir al SEPE o la Seguridad Social?
Estas son algunas de las ayudas, prestaciones y subsidios para amas de casa de más de 45 años.
Renta Activa de Inserción
Está destinada a aquellas personas que tienen más de 45 años y son desempleados de larga duración, como sería en el caso de las amas de casa.
La ayuda es de 451,92 euros al mes. La duración total del tiempo en el que se puede cobrar esta ayuda es de 33 meses, aunque inicialmente es de 11. Todo ello debido a que, una vez se cumpla el tiempo mínimo, si se siguen dando los requisitos, se puede volver a ampliar otros 11 meses, así, hasta llegar a los 33.
Subsidio para mayores de 45 años
Se trata de una prestación del SEPE de 451 euros mensuales durante seis meses destinada a aquellas personas que han agotado el cobro del paro y no tienen derecho a recibir ningún subsidio. Las amas de casa pueden beneficiarse de estes subsidio siempre y cuando hayan estado dadas de alta en la seguridad social con anterioridad.
Dependiendo de si se tienen cargas familiares o no, tendrá una duración determinada:
Subsidio por desempleo para mayores de 52 años del SEPE
El SEPE oferta un subsidio por desempleo para mayores de 52 años que entra dentro de las ayudas para amas de casa mayores de 45 años. La cantidad a cobrar es de 451 euros al mes, y esta ayuda sí cotiza para la pensión de jubilación. Además, dura hasta el momento en que el beneficiario cumple los 66 años, edad mínima para solicitar la pensión de jubilación a la Seguridad Social.