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Coronavirus

España exigirá una PCR negativa a los pasajeros de Francia que entren también por vía terrestre

El BOE publica este sábado una orden por la que establece la exigencia de una prueba PCR negativa, realizada en las 72 horas previas a la llegada de España, para los pasajeros procedentes de Francia también por vía terrestre.

Las personas procedentes de zonas de riesgo de Francia que lleguen a España vía terrestre deberán disponer de una PCR u otra prueba diagnóstica para coronavirus, con resultado negativo y realizada en las setenta y dos horas previas a la entrada, como ya se exige a los que llegan en barco o avión.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado esta nueva normativa que se suma a la que establecía que los ciudadanos procedentes de Francia que viajaran por vía aérea o marítima tenían que presentar una prueba negativa, por lo que a partir de ahora todos los viajeros de Francia, entren por donde entren, están obligados a presentar esta PCR negativa para acceder a España.

Quedan excluidos de la obligación de presentar esta prueba los menores de seis años, los camioneros en el ejercicio de su actividad profesional, los trabajadores transfronterizos y los residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 kilómetros alrededor de su lugar de residencia.

Se consideran zonas de riesgo todas aquellas de Francia calificadas por el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades con nivel de riesgo de color rojo oscuro, rojo, naranja o gris, en base a los indicadores combinados establecidos en la Recomendación (UE) del Consejo de 1 de febrero de 2021 por la que se modifica la Recomendación (UE) sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de Covid-19.

Esta nueva exigencia llega en medio de la polémica por las fiestas ilegales y el denominado "turismo de borrachera", que tiene el foco puesto en los turistas franceses ya que, según fuentes policiales, los jóvenes de esta nacionalidad son los extranjeros que participan en mayor medida en fiestas ilegales.

La medida entrará en vigor a los tres días de su publicación en el BOE y se mantendrá hasta el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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