Tribunal Constitucional
Esta semana el Tribunal Constitucional ha emitido una polémica sentencia de la que no hay precedentes. Ha avalado el despido por absentismo a una trabajadora que había acumulado varias bajas laborales.
La empleada tenía un justificante médico para prácticamente todos los días que faltó pero aún así la despidieron. No todos los magistrados del Tribunal estuvieron de acuerdo con el fallo. Pero la sentencia considera que el estatuto de los trabajadores permite el despido del empleado que acumule determinado numero de faltas durante un tiempo concreto.
Antena 3 Noticias ha hablado con Patricio Ramírez, abogado experto en derecho laboral.
- ¿Cómo es posible ésto que se pueda despedir a alguien que tiene una baja médica, o sea un justificante?
El artículo 52.d del estatuto de los trabajadores regula que en determinadas situaciones de absentismo, aunque estén justificadas, se puede despedir a un trabajador. Cuando se producen ausencias durante el 20 % de una jornada hábil durante dos meses consecutivos y cuando en el año anterior ha habido ausencias durante el 5% está justificado.
- Si ya el supremo crea jurisprudencia, ¿qué precedente sienta el constitucional?
El TC sienta jurisprudencia y al ser el tribunal que interpreta nuestra Constitución nuestros juzgados deben atacar nuestros criterios. Puede suceder que en el futuro cambien estos criterios, porque se cambien los miembros del Tribunal Constitucional y ante una sentencia, que ya tiene votos particulares, se realice un cambio de criterio o bien porque cambie la legislación y deje obsoleta esta sentencia.
- La sentencia se dictó por un caso concreto, de una trabajadora, ¿Es previsible que ahora quienes se vean en situaciones similares tengan que temer -automáticamente- por su puesto de trabajo?
No necesariamente, tenemos que tener en cuenta una serie de consideraciones que nos hacen pensar que no va a haber un despunte. Esta norma lleva activa desde 2012 y lo único que hace el TC con esta sentencia es apuntalarla.
- ¿Hay algunos supuestos específicos que no computen en estos casos. Es decir hay algunas bajas medicas que impidan sentencias como esta?
Hay cinco supuestos: bajas accidentes de trabajo, bajas mas altas de 20 días, bajas de violencia de genero, enfermedades graves como el cáncer o las situaciones derivadas del embarazo.