sociedadSucesos

DGT

La DGT pone fin a las multas en papel a partir de noviembre

Esta nueva norma solo afecta a los vehículos que estén a nombre de empresas. Tráfico pone fin a más de seis años de periodo de adaptación de la ley de Procedimiento Administrativo.

Multa de tráfico de la DGTdepositphotos.com

La Dirección General de Tráfico (DGT) dejará de emitir notificaciones en papel el próximo 1 de noviembre 2022 a todas las personas jurídicas. Esto quiere decir que, desde esta fecha, tendrán que darse de alta obligatoriamente en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Quien en este mes no esté dado de alta, la administración le dará de alta de oficio y le notificará igualmente por esta vía. Esta norma se enmarca en la ley de Procedimiento Administrativo, aprobada en 2015 y que entró en vigor en octubre de 2016.

Por lo tanto, la directriz solo afecta a un grupo concreto de vehículos: aquellos que están a nombre de empresas. Y es que la DGT envió una carta a todas las pymes y autónomos del país, en donde explicaba la obligatoriedad de darse de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV).

Esta medida no afecta a los particulares, ya que no están obligados a tener correo electrónico, por lo que esta vía no es la única opción para notificar una multa. Son muchos los que no conocen el procedimiento de descarga de este canal de notificaciones, pero es clave estar de alta correctamente y gestionar la descarga de sanciones, sobre todo a estas personas jurídicas. Si no se hace, se pueden tener serios problemas económicos con las multas.

Funcionamiento de las notificaciones electrónicas

Desde Pyramid Consulting detallan que, desde que se publique una notificación a través de esta nueva vía, tienen un máximo de 10 días naturales para descargarla. Si no se de descarga en plazo, caduca. Y si caduca, no se puede descargar y se considera como recibida correctamente. Al considerarse recibida, comienzan a contar los plazos para contestar, entre 10 y 20 días.

En caso de no contestar en los plazos, se genera un incumplimiento o penalización. Y las penalizaciones pueden ser hasta del triple del importe de la comunicación inicial y pueden acarrear el embargo de la cuantía por parte de Hacienda.

En conclusión, lo mejor es que las empresas se den de alta con unos sencillos pasos, dar un correo electrónico así como un teléfono móvil, y, cuando dispongamos de alguna notificación en materia de tráfico, seremos notificados de esta manera. Eso sí, solo son avisos para informar de que existe una notificación en el buzón de la DEV, que es dónde se encuentra disponible la notificación.

Más sobre este tema: