ONCE
La familia con el boleto premiado ha denunciado a la ONCE, mientras la organización se defiende diciendo que la ley no le permite hacerlo.
Una lluvia de millones que termina en los juzgados. El pasado 1 de enero el Sorteo Extra de Navidad de la ONCE repartió en Valencia 30 millones de euros en 75 cupones agraciados con 400.000 euros cada uno. Uno de esos 'gordos' cayó en una familia que ha pasado de celebrar su fortuna a batallar en los tribunales la imposibilidad de cobrar el premio.
El diario ABC ha publicado la queja emprendida por una familia valenciana que ha denunciado a la ONCE por no querer pagarle el cupón premiado, pero ¿puede la organización negarse a pagar? Para contestar a esta pregunta vamos a poner en antecedentes el caso.
La versión de los premiados es que el cupón del 82890 fue un regalo de la madre de la agraciada y, siempre según su denuncia, la ONCE se negó a pagarles el premio e "hizo firmar un documento al marido de esta sin explicarle en qué consistía", recoge ABC. Según este documento el hombre declaraba ser el titular del boleto.
La ONCE confirma que fue el marido quien intentó cobrar el cupón y añade que en ese momento comprobaron que su nombre aparecía en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RIAJ). Desde la Organización Nacional de Ciegos Españoles defienden que este registro bloquea directamente cualquier cobro de premios y reconocen que entienden que la familia quiera cobrar el premio, pero aseguran la ley no les permite abonárselo.
¿Qué es el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego?
Se trata de una de las medidas de protección que existen en nuestro país cuando una persona detecta su adicción al juego. Inscribirse en este registro permite 'blindarse' para no volver a caer a jugar de forma compulsiva. La administración y las empresas les impedían entrar a portales online de apuestas. La base de datos depende del ministerio de Consumo.
Antecedentes
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que obligó a la ONCE a pagar un premio de 120.000 euros a un hombre que compró cuatro cupones de un número premiado en un sorteo de junio de 2001 y que no pudo cobrar puesto que, según él mismo argumentaba, los había roto porque la persona que se los había vendido le había asegurado que no habían sido agraciados.
El Tribunal Supremo no considera probado que el vendedor dijese al demandante que sus boletos no habían sido premiados, ya que el propio vendedor lo negaba. A pesar de ello, sí entiende que el recurrente compró los cupones y que no pudo presentarlos para cobrar el dinero, ya que los registros de la ONCE muestran cómo el vendedor recibió varios cupones del número premiado que fueron comprados. De ellos, todos fueron cobrados salvo cuatro, el mismo número de boletos que compró el demandante, que además tenían números de serie consecutivos.