EL TC NO ADMITIÓ A TRÁMITE EL RECURSO
La defensa de José Bretón, condenado a 40 años de cárcel por el asesinato de sus dos hijos, está preparando un recurso para llevar su caso al Tribunal de Estrasburgo, después de que el Constitucional no admitiera a trámite el que presentó el pasado mes de octubre ante esta instancia.
La letrada de Bretón, Bárbara Royo, ha criticado la actitud del TC y ha señalado que "por lo menos el Supremo dictó un auto en el que explicaba en qué basaban su desestimación pero el TC ni siquiera ha contestado, se ha limitado a inadmitirlo". Royo ya está trabajando en la preparación del recurso para acudir a Estrasburgo ya que, como mantiene desde que se hizo cargo de la defensa de Bretón, en todas las instancias en las que ha recurrido considera que la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a su cliente se basa en "falsedades".
La abogada, según ha explicado, cuenta con un plazo de seis meses para la presentación de dicho recurso ante el Tribunal de Estrasburgo, que se cuenta desde que le fue notificada la decisión del TC el pasado diciembre, por lo que no podrá prolongarse más allá del mes de mayo. En él, ha precisado, incidirá en las cuestiones que ya ha manifestado ante el TS y el TC, es decir, en que en esta causa se ha producido "vulneración de derechos fundamentales".
Concretamente, considera que a José Bretón se le han vulnerado "todos" los derechos fundamentales recogidos en la Constitución porque, según indicó en su día, "todo lo que denunció, de una manera u otra, ya sea sobre la cadena de custodia, el uso de armas dispares, la contaminación del jurado o la imparcialidad del magistrado presidente de la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba, vulnera a la vez todos los derechos fundamentales".
El pasado diciembre, el tribunal de garantías constitucionales decidió no tramitar el recurso de Bretón contra su sentencia haciendo uso de una reforma que modificó en 2007 la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) para limitar el uso del amparo para recurrir las sentencias de los tribunales al no justificar su "especial trascendencia constitucional".