Perros
Perros
En España la tenencia de animales potencialmente peligrosos está regulada por el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico en cuestión.
En el escrito se aborda "la regulación normativa referente a la tenencia, adiestramiento y manejo de animales potencialmente peligrosos, al objeto de preservar la seguridad de personas, bienes y otros animales". Por la cual se detallan y establecen todas "las características de los animales que merecen la consideración de potencialmente peligrosos, tanto los de la fauna salvaje en estado de cautividad, en domicilios o recintos privados, como los domésticos", explican.
¿Cuáles son las razas de perros potencialmente peligrosos?
Según la legislación las razas potencialmente peligrosas en España son:
- Pit Bull Terrier
- Staffordshire Bull Terrier
- American Staffodshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo Argentino
- Fila Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
Los motivos de clasificar a todos los perros citados se basan en tener "todas o la mayoría" de características siguientes: Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia. Marcado carácter y gran valor. Pelo corto. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda. Cuello ancho, musculoso y corto. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.