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El decreto, que cuenta con la oposición de la industria alimentaria, prohibirá la publicidad de personajes famosos a jóvenes de chocolates, dulces, postres, galletas, zumos y helados. El objetivo es atajar las alarmantes tasas de sobrepeso infantil.
Los famosos, youtubers e 'influencers' no podrán anunciar alimentos ni bebidas, aunque sean saludables, cuando se dirijan a menores de 16 años. Así lo articula el borrador del Real Decreto sobre regulación de la publicidad de alimentos y bebidas dirigida al público infantil que prohibirá la participación de personajes relevantes, deportistas o profesionales de programas infantiles en comunicaciones que publiciten consumos saludables y no saludables.
Consumo trata de enfrentarse a las alarmantes tasas de sobrepeso infantil, que alcanza a cuatro de cada 10 menores.
La norma se basa en la medición los perfiles nutricionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud. Se vetará "la aparición en las comunicaciones comerciales de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, 'influencers', personas o personajes de relevancia o notoriedad pública, sean estos reales o de ficción, que por su trayectoria sean susceptibles de constituir un modelo o ejemplo para las personas menores de 16 años".
Veto total a la alimentación no saludable
Para la alimentación no saludable, el veto será total cuando los anuncios estén destinados a menores. En consecuencia, quedará prohibida cualquier forma de publicidad o comunicación comercial de alimentos y bebidas "con alto contenido en sodio, azúcares, edulcorantes, grasas y ácidos grasos saturados" dirigida al público infantil.
La normativa afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil, y regulará tanto televisión como contenidos radiofónicos, salas de cine, publicidad de internet, redes sociales, webs o apps de móviles, cuando se dirijan a menores de 16 años.
El real decreto se somete, desde hoy y durante 15 días hábiles, al trámite de información pública para que organizaciones de consumidores, asociaciones de publicidad y la patronal de alimentación, entre otras, podrán hacer sus aportaciones al texto.