TENDRÁ QUE INDEMNIZAR A LA VÍCTIMA

Condenan al párroco de Arroyomolinos a 15 meses de prisión por exhibicionismo y abuso a un menor

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado al sacerdote de Arroyomolinos (Cáceres) a la pena de quince meses de prisión y cuatro años de inhabilitación para ejercer cualquier actividad y profesión relacionada con menores por los delitos de exhibicionismo y abuso a un menor.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres ha condenado al sacerdote de Arroyomolinos (Cáceres) a la pena de quince meses de prisión y cuatro años de inhabilitación para ejercer cualquier actividad y profesión relacionada con menores por los delitos de exhibicionismo y abuso a un menor.

Según señala la sentencia, los hechos sucedieron en septiembre de 2015 cuando el adolescente contaba con 15 años y el ahora condenado comenzó a comprarle ropa y a invitarle a cenar y a alguna consumición en locales de Cáceres.

Asimismo, le invitó a subir a su domicilio situado en la capital cacereña y en la tercera visita, "con conocimiento de la edad del menor, puso un vídeo de contenido pornográfico". Seguidamente el sacerdote le invitó a quedarse a dormir, a lo que se negó el menor porque era tarde y tenía que volver a su casa.

La siguiente vez que el adolescente subió al domicilio del párroco volvió a poner vídeos de contenido pornográfico y en esta ocasión "comenzó a masturbarse" e invitó al chico a hacer lo mismo. Días después, la víctima volvió al domicilio del condenado y le grabó con su teléfono móvil cuando volvió a poner este tipo de vídeos.

En la grabación "se puede ver al acusado en calzoncillos viendo el vídeo", dice la sentencia. Debido a estos hechos, el menor, señala la sentencia, "sufrió una elevada sintomatología ansiosa-depresiva, hiperactivación, así como la afectación de hábitos y rutinas que aconsejan el abordaje psicoterapéutico".

La jueza condena al acusado a nueve meses de prisión por el delito continuado de exhibicionismo y a seis meses por un delito de abuso a menor.

Asimismo, le condena a tres años de libertad vigilada, cuatro años de inhabilitación para el ejercicio profesional remunerado o no relacionado con menores y al pago de una indemnización de 3.000 euros a la víctima.

La Diócesis de Coria-Cáceres ya le apartó de su actividad cuando salieron los hechos a la luz el 8 de abril del año pasado.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.

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